DECRETO SUPREMO, N° 006-2020-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Decreto Supremo que prorroga la exoneración establecida en el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 006-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1332, Decreto Legislativo que facilita la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial - CDE-DECRETO SUPREMO-N° 006-2020-PRODUCE

Fecha de disposición20 Abril 2020
Fecha de publicación20 Abril 2020

Decreto Supremo que prorroga la exoneración establecida en el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 006-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1332, Decreto Legislativo que facilita la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial - CDE

DECRETO supremo

N° 006-2020-produce

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1332, Decreto Legislativo que facilita la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial – CDE, dicha norma tiene por objeto optimizar los procesos de asesoría y asistencia técnica en la constitución de una empresa a través de los Centros de Desarrollo Empresarial–CDE calificados y autorizados por el Ministerio de la Producción, a fin de promover la formalización empresarial;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1332, establece que las personas jurídicas cuyo capital social sea de hasta una (1) UIT constituidas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial – CDE, en aplicación de la mencionada norma, realizan la reserva de nombre y la inscripción ante el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Púbicos–SUNARP, y pueden ser exoneradas de las tasas registrales mediante Decreto Supremo;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 006-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1332, Decreto Legislativo que facilita la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial – CDE, se aprueba el Reglamento del citado Decreto Legislativo N° 1332; el artículo 1 del referido Reglamento establece los requisitos y el procedimiento para el trámite de la Reserva de Preferencia Registral y Constitución de Empresas a través de los CDE;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 006-2017-PRODUCE dispone la exoneración, desde la vigencia del referido Reglamento (20 de abril de 2017, día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano) hasta por el...

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