RESOLUCION, Nº 693-PE-ESSALUD-2019, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Modifican el numeral 2 de la Res. N° 655-PE-ESSALUD-2019-RESOLUCION-Nº 693-PE-ESSALUD-2019
Fecha de publicación | 18 Octubre 2019 |
Fecha de disposición | 18 Octubre 2019 |
Modifican el numeral 2 de la Res. N° 655-PE-ESSALUD-2019
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 693-PE-ESSALUD-2019
Lima, 16 de octubre de 2019
VISTOS:
La Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 655-PE-ESSALUD-2019; la Carta N° 936-GCPAMyPCD-ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de la Persona Adulta Mayor y Persona con Discapacidad; la Carta N° 7135-GCPP-ESSALUD-2019 e Informe Técnico N° 274-GOP-GCPP-ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; la Carta N° 6439-GCGP-ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de Gestión de las Personas; y las Cartas Nros. 3918, 3940 y 3964-GCAJ-ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), y el artículo 39° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya finalidad principal es dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;
Que, en el punto ii) del numeral 3 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se señala que para lograr una gestión pública moderna orientada a resultados, las entidades deben, entre otros: “Desarrollar y emplear intensivamente tecnologías de información y comunicación (TIC) que permitan acercar los servicios del Estado a los ciudadanos y empresas, y optimizar los procesos de todos y cada uno de los organismos que conforman la Administración Pública”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, cuyo objeto es regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado;
Que, en la Décima Disposición Complementaria Final de los citados Lineamientos se establece lo siguiente: “Décima.- Unidades funcionales.- Excepcionalmente, además de las unidades funcionales que integran la estructura funcional de un programa o proyecto especial, una entidad pública puede conformar una...
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