RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 299-2019-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Designan Director Titular y Directora Suplente en representación de la Sociedad Civil, en el Directorio de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Calca - EPS EMSAPA CALCA S.A.-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 299-2019-VIVIENDA
Fecha de disposición | 23 Septiembre 2019 |
Fecha de publicación | 24 Septiembre 2019 |
Sección | Sección Única |
Lima, 23 de setiembre de 2019
VISTOS; el Oficio N° 092-GG-EPS-EMSAPA CALCA S.A.-2019, de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Calca - EPS EMSAPA CALCA S.A., el Informe N° 238-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, el Memorándum N° 868-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal privadas o mixtas;
Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del referido Decreto Legislativo, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) representante, titular y suplente, de las municipalidades accionistas, propuesto a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) representante, titular y suplente, del gobierno regional, propuesto por el Consejo Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes;
Que, conforme a lo señalado en los párrafos 53.3 y 53.5 del artículo 53 del citado Decreto Legislativo, la designación del representante de la Sociedad Civil es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en lo sucesivo, el MVCS, a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, la cual tiene mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin;
Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2018-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 001-2019-VIVIENDA, dispone en el párrafo 63.4 del artículo 63 que la revisión...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba