DECRETO DE ALCALDIA, Nº 008-2019/MDLM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA - Aprueban el Reglamento de la Ordenanza N° 380/MDLM, que establece Medidas Extraordinarias en Temas de Comercialización, Seguridad Ciudadana y Transporte en el distrito de La Molina-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 008-2019/MDLM
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA |
Fecha de la disposición | 15 de Agosto de 2019 |
La Molina, 15 de agosto del 2019
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO; el Memorando Nº 1413-2019-MDLM-GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 145-2019-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 360-2019-MDLM-GSCGRD-SGS de la Subgerencia de Serenazgo, mediante los cuales se eleva la propuesta para la aprobación del Reglamento de la Ordenanza Nº 380/MDLM, que establece Medidas Extraordinarias en Temas de Comercialización, Seguridad Ciudadana y Transporte en el Distrito de La Molina, mediante la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Informe Nº 150-2019/MDLM-GDUE-SGLCITSE, de fecha 24 de abril de 2019, la Subgerencia de Licencias Comerciales e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones remite a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico su proyecto de reglamento de la Ordenanza Nº 380/MDLM, el diseño del distintivo y credencial para el personal registrado como Delivery, asimismo anexa su exposición de motivos y análisis de costo beneficio del proyecto de reglamentación del servicio de reparto de productos (Delivery), donde concluye que resulta factible y beneficioso la aprobación del reglamento; ante lo cual, anexa el proyecto de Decreto de Alcaldía;
Que, mediante el Informe Nº 0449-2019-MDLM-GDUE-SGFA, de fecha 07 de mayo del 2019, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa remite a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico su informe respecto a las infracciones relacionadas con el servicio de transporte en vehículos motorizados y no motorizados, donde concluye que la municipalidad de La Molina cuenta con facultades fiscalizadoras y sancionadoras, solo en relación a la prestación del servicio especial de transporte de pasajeros en vehículos menores motorizados y no motorizados, para lo cual se podrá tipificar infracciones en función a la contravención de las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley Nº 27189, Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de pasajeros en vehículos motorizados o no motorizados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC;
Que, mediante el Informe Nº 167-2019-MDLM-GDUE/SGLCITSE, de fecha 07 de mayo de 2019, la Subgerencia de Licencias Comerciales e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones remite a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres el formato de empadronamiento de servicio Delivery, distintivo de identificación vehicular y el registro municipal del servicio de actividad comercial;
Que, mediante el Informe Nº 34-2019-MDLM-GDUE, de fecha 08 de mayo del 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico remite a la Gerencia Municipal los aportes de las Subgerencia de Licencias Comerciales e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, y la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, respecto al proyecto del reglamento de la Ordenanza Nº 380/MDLM;
Que, mediante el Memorando Nº 869-2019-MDLM-GM, de fecha 10 de mayo del 2019, la Gerencia Municipal remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, los aportes de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico al proyecto del reglamento de la Ordenanza Nº 380/MDLM, solicitando la opinión legal correspondiente;
Que, mediante el Memorándum Nº 322-2019-MDLM-GSCGRD, de fecha 20 de mayo del 2019, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres, comunica a la Subgerencia de Serenazgo el Memorando Nº 812-2019-MDLM-GM de la Gerencia Municipal para la adecuación del sustento técnico;
Que, mediante el Informe Técnico Nº 001-2019-MDLM/GTI/JLM, de fecha 24 de mayo del 2019, se emite el pronunciamiento, donde se anexa dos tipos de formato de ficha de inscripción de los prestadores de servicios generales y prestadores de servicio Delivery; asimismo, dichos formatos serán implementados mediante un desarrollo de base de datos, un registro de formatos y una consulta de proveedores; finalmente, concluye que la Gerencia de Tecnologías de Información procederá a implementar el formato 1 y 2, con acceso público, requerido por la...
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