ORDENANZA, Nº 419-2019/MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO - Ordenanza que promueve el reciclaje en el distrito de Carabayllo Programa Municipal 'Recicla para Vivir'-ORDENANZA-Nº 419-2019/MDC

EmisorMUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2019

Carabayllo, 26 de julio de 2019

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE

CARABAYLLO

VISTO:

En sesión ordinaria de concejo de la fecha el Dictamen Nº 001-2019-CSSS/MDC, de la Comisión de Saneamiento, Salubridad y Salud, el Informe Nº 524-2019-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 382-2018-SGMA-GSCMA/MDC de la Sub Gerencia de Medio Ambiente a través del cual solicita aprobar eleva el proyecto de la Ordenanza Municipal que promueve el reciclaje en el distrito de Carabayllo, y;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 195º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; estableciendo en los numerales 1 y 2 que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la sociedad civil;

Que el artículo 80º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica y exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza pública determinando su manejo conjunto por excepción, cuando no se generen riesgos ambientales significativos;

Que, el literal i) del artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establece gradualmente la segregación en fuente de residuos municipales y el recojo selectivo de los residuos sólidos, admitiendo su manejo conjunto por excepción, cuando no se generen riesgos ambientales significativos;

Que el artículo 19º de la Resolución Ministerial Nº 014-2017, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, indica que las municipalidades deben regular el proceso de segregación de residuos sólidos municipales en la fuente en su jurisdicción, en el marco del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos;

Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobó la Política Nacional del Ambiente, indica en el Eje de Política 2; Gestión Integral de la Calidad Ambiental, componente, Residuos Sólidos, como un lineamiento de política del sector, el fortalecimiento de la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento;

Que, mediante Informe Nº 524-2019-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable a la Ordenanza Municipal que “Promueve el Reciclaje en el distrito de Carabayllo”;

Que, es política de la gestión Municipal, promover el desarrollo humano sostenible forjando una cultura de valores e identidad local, reforzando destrezas, habilidades y actitudes positivas de los participantes, propiciando el adecuado uso del tiempo libre contando con el apoyo de docentes y técnicos especialistas en la enseñanza de las diversas materias contenidas en el Programa;

Estando a lo dispuesto en el artículo 9º numerales 8) y 9) y el artículo 41º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó por UNANIMIDAD de los señores...

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