RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 070-2019-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Aprueban Directiva General denominada “Procedimiento para la atención de solicitudes de emisión de opiniones vinculantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en materia de habilitaciones urbanas y edificaciones”-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 070-2019-VIVIENDA

Fecha de disposición28 Febrero 2019
Fecha de publicación02 Marzo 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal
SecciónSección Única

Lima, 28 de febrero de 2019

VISTOS, el Memorándum Nº 003-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, que se sustenta en el Informe Técnico – Legal Nº 001-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-JACV; el Memorándum Nº 084-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, que se sustenta en el Informe Nº 079-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC; y, el Memorándum Nº 152-2019/VIVIENDA-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que se sustenta en los Informes Nº 033-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM y Nº 043-2019-VIVIENDA/OGPP-OP; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que este ministerio tiene competencia, entre otros, en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano; asimismo, el artículo 6 de la referida norma señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia;

Que, el artículo 65 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - ROF, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, señala que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, es el órgano de línea del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materias de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano; así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales como sistemas sostenibles en el territorio nacional;

Que, de acuerdo al artículo 81 del ROF, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, es el órgano de línea del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materias de construcción y saneamiento; así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para facilitar servicios de saneamiento y construcciones seguras y sostenibles, especialmente orientados a la población rural o de menores recursos;

Que, el numeral 10 del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA, señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su condición de ente rector, es competente para diseñar, normar y ejecutar la política nacional en materia de vivienda; promover la actividad edificadora y urbanizadora, así como supervisar el cumplimiento de la citada Ley y sus reglamentos a nivel nacional;

Que, asimismo, mediante Decreto Legislativo Nº 1426 se modifica el numeral 10 del artículo 4 de la Ley Nº 29090, incorporándose un párrafo en el que se señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento emite opinión vinculante sobre la normativa de su sector relacionada a las materias de habilitaciones urbanas y edificaciones;

Que, el subnumeral 5.2.1 del numeral 5.2 de la Directiva General Nº 001-2014-VIVIENDA-SG – Lineamientos para la formulación, aprobación y modificación de directivas en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 034-2014-VIVIENDA-SG, establece que las Directivas Generales son dispositivos que contienen lineamientos, criterios y procedimientos, cuya aplicación corresponde a más de un órgano o programa del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; además, en esta clasificación se encuentran comprendidas las disposiciones de alcance sectorial; asimismo, el numeral 5.4.1 de la citada Directiva General, señala que se aprueba por Resolución Ministerial aquellas directivas que, por su naturaleza e importancia, es necesario que el Ministro las apruebe en su calidad de Titular del Pliego; son directivas cuyo contenido afecta el interés, obligaciones o derechos de los administrados, o están destinadas a organizar o hacer funcionar las actividades o servicios del MVCS, así como las de alcance sectorial, cuando corresponda;

Que, a través del Informe Técnico-Legal Nº 001-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-JACV, la Dirección de Vivienda, en el marco de lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 4 de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1426, sustenta la necesidad de aprobar una directiva general denominada “Procedimiento para la atención de solicitudes de emisión de opiniones vinculantes del Ministerio de Vivienda...

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