RESOLUCION, Nº 085-2019-SUNAFIL, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL - Designan responsables del Libro de Reclamaciones de la Sede Central, de la Intendencia de Lima Metropolitana y de los órganos desconcentrados de la SUNAFIL-RESOLUCION-Nº 085-2019-SUNAFIL

Fecha de publicación23 Febrero 2019
Fecha de disposición21 Febrero 2019

Lima, 21 de febrero de 2019

VISTOS:

El Memorándum N° 37-2019-SUNAFIL/DS, de fecha 18 de febrero de 2019, del Despacho del Superintendente; el Informe N° 047-2019-SUNAFIL/GG-OGAJ, de fecha 20 de febrero de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, el artículo 11 de la Ley N° 29981, Ley de creación de la SUNAFIL, concordante con artículo 10 y el inciso q) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, establece que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el Titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función aprobar las resoluciones en el ámbito de su competencia;

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