DECRETO SUPREMO, Nº 005-2018-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 28879 - Ley de Servicios de Seguridad Privada, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2011-IN-DECRETO SUPREMO-Nº 005-2018-IN

Fecha de publicación05 Junio 2018
Fecha de disposición05 Junio 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo

Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 28879 - Ley de Servicios de Seguridad Privada, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2011-IN

DECRETO SUPREMO

Nº 005-2018-IN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil- SUCAMEC, la cual tiene entre sus funciones, controlar, administrar, supervisar, fiscalizar, normar y sancionar las actividades en el ámbito de los servicios de seguridad privada de conformidad con la Constitución Política del Perú, los tratados internacionales y la legislación nacional vigente;

Que, mediante la Ley Nº 28879, Ley de Servicios de Seguridad Privada, se establecen las disposiciones que regulan a las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que prestan servicios de seguridad privada a terceros y aquellas personas jurídicas públicas o privadas que organizan servicios internos por cuenta propia dentro de su organización empresarial, así como las actividades inherentes a dicha prestación u organización;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2011-IN, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28879, Ley de Servicios de Seguridad Privada;

Que, para la prestación del servicio de transporte de dinero y valores contemplado en el Reglamento de la Ley Nº 28879, Ley de Servicios de Seguridad Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2011-IN, se requiere contar con vehículos blindados, los cuales son certificados por la SUCAMEC, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad. En ese sentido, resulta necesario modificar el artículo 30 del citado Reglamento, a fin de establecer los requisitos para la expedición del referido certificado y de esta manera cautelar la vida e integridad física de las personas que realizan estas actividades, así como de la ciudadanía en general;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, la Ley Nº 28879, Ley de Servicios de Seguridad...

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