ORDENANZA, Nº 493-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BARRANCO - Aprueban creación de las Brigadas de Seguridad Escolar del distrito-ORDENANZA-Nº 493-MDB
Fecha de disposición | 25 Mayo 2018 |
Fecha de publicación | 25 Mayo 2018 |
Sección | Sección Única |
Aprueban creación de las Brigadas de Seguridad Escolar del distrito
ORDENANZA Nº 493-MDB
Barranco, 25 de abril de 2018
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO
Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha;
VISTOS: El Informe N° 09-2018-GDHYS-MDB, de fecha 09 de marzo de 2018, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; El Informe N° 031-2018-GPPM/MDB, de fecha 19 de marzo de 2018, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; El Informe N° 169-2018-GAJ-MDB, de fecha 06 de abril de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Proveído N° 192-2018-MDB-GM, de fecha 06 de abril de 2018, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen N° 001-2018-CSBSPV/MDB, de fecha 19 de abril de 2018, emitido por la Comisión de Salud, Bienestar Social y Participación Vecinal, respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba la Creación de las Brigadas de Seguridad Escolar del distrito de Barranco;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración;
Que, el Artículo 2, numeral 22) de la mencionada Constitución establece que es deber primordial del Estado, garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, constituyendo éste un derecho humano fundamental;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en concordancia con su Artículo VIII, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de acuerdo al numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;
Que, mediante Informe N° 09-2018-GDHYS-MDB, la Gerencia de Desarrollo Humano propone la emisión de una Ordenanza que apruebe la Creación de las Brigadas de Seguridad Escolar del distrito de Barranco, la cual se sustenta en promover la seguridad de los estudiantes (niños y adolescentes) de las instituciones educativas estatales del distrito; y, mediante Informe N° 031-2018-GPPM/MDB, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización concluye que la propuesta es Procedente y resultará beneficiosa para la institución y la comunidad;
Mediante Informe N° 169-2018-GAJ-MDB, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera viable la propuesta puesto que no se cuenta con un dispositivo municipal de esta naturaleza y su implementación contribuye a combatir las deficiencias que surgen a diario en las escuelas, como el bullying, acoso escolar o cualquier acto que atente contra su seguridad; mediante Proveído N° 192-2018-MDB-GM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para ser elevados al Concejo Municipal para su aprobación; y, mediante Dictamen N° 001-2018, la Comisión de Salud, Bienestar Social y Participación Vecinal DICTAMINA recomendando al Pleno de Concejo, aprobar la Ordenanza que aprueba la Creación de las Brigadas de Seguridad Escolar del distrito de Barranco, la misma que consta de 21 Artículos y 05 Disposiciones Complementarias;
Estando a lo informado, en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 9°, 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto Unánime de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LAS BRIGADAS DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL DISTRITO DE BARRANCO
DE SU NATURALEZA
La Brigada de Seguridad Escolar está organizada de la siguiente manera:
- Coordinador,
- Fiscal y
- Brigadistas.
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I.E. Pedro de Osma
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I.E. N° 7043 Corazón de Jesús
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I.E. N° 7048 Manuel Montero Bernales
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I.E. N° 7032 Virgen del Pilar
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I.E. N° Enrique Arnaez Naveda
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I.E. N° 7049 José Abelardo Quiñonez
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I.E. N° 6051 Mercedes Indacochea
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I.E. N° 7053 Reino de España
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I.E. N° 7047 Tacna
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I.E. N° 6052 José María Eguren
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I.E. N° 7050 Nicanor Rivera Cáceres
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D.S. N° 011-2012-ED, que reglamenta la Ley General de Educación N° 28044.
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Decreto Supremo N° 010-2012-ED. Que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, que Promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.
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Resolución Directoral 0343-2010-ED. Normas para el Desarrollo de las Acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas.
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Resolución Viceministerial N° 052-2016-MINEDU,Normas que regulan las situaciones administrativas y otros aspectos laborales del Auxiliar de Educación
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R.M. N° 451-2014-MINEDU, que aprueba la creación del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa para las IIEE públicas del nivel de Educación Secundaria.
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Resolución Ministerial N° 627-2016-MINEDU. Normas y orientaciones para el Desarrollo del Año escolar 2017 en las Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica.
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