DECRETO SUPREMO N° 010-2012-ED - Aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas

Fecha de disposición03 Junio 2012
Fecha de publicación03 Junio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 3 de junio de 2012 467669
del resultado obtenido por cada Gobierno Local, aprueba
los resultados de las evaluaciones mediante Resolución
Directoral de dicha Dirección General, como requisito
previo para la asignación de recursos correspondientes a
los Gobiernos Locales;
Que, en el marco de lo señalado en los considerandos
precedentes, la Dirección General de Contabilidad Pública
del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil – RENIEC, el
Seguro Integral de Salud - SIS, el Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social - MIDIS y el Ministerio de Salud – MINSA
han remitido el Memorando Nº 047-2012-EF/51.05; los
Of‌i cios Nº 001147-2012/GPP/RENIEC y Nº 001253-2012/
GPP/RENIEC; el Of‌i cio Nº 013-2012-SIS-OGPPDO; el
Of‌i cio Nº 024-2012-SISFOH y el Of‌i cio Nº 114-2012-DG-
OGEI/MINSA; respectivamente, en donde informan los
resultados del cumplimiento por los Gobiernos Locales de
las metas anuales para el año 2011;
Que, asimismo, mediante el Informe Nº 056-2012-
EF/50.05 la Dirección de Calidad de Gasto Público de
la Dirección General de Presupuesto Público informa los
resultados del cumplimiento de las metas correspondiente
al año 2011 por los Gobiernos Locales; por lo que, resulta
necesario aprobar dichos resultados;
En uso de las facultades conferidas en el artículo
13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de
la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, y el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 183-
2010-EF;
SE RESUELVE:
Artículo1º.- Objeto
Aprobar los resultados de la evaluación del cumplimiento
de las metas anuales del Plan de Incentivos a la Mejora
de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente
al 31 de diciembre del año 2011, establecidas en el literal
a) de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria
del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF y modif‌i catorias,
conforme al Anexo “Cumplimiento de las Metas del Plan
de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal (PI) al 31 de diciembre del año 2011” que forma
parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo2º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en
el Diario Of‌i cial El Peruano, asimismo, establecer que su
Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de
Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CALDERON VALENZUELA
Director General(e)
Dirección General de Presupuesto Público
796395-1
EDUCACION
Aprueba el Reglamento de la Ley
N° 29719, Ley que promueve la
convivencia sin violencia en las
Instituciones Educativas
DECRETO SUPREMO
N° 010-2012-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29719, se promulgó la Ley que
promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones
Educativas;
Que, de acuerdo al artículo 1 de la Ley precitada,
dicha norma tiene por objeto establecer los mecanismos
para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar
la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier
acto considerado como acoso entre los alumnos de las
instituciones educativas;
Que, en atención a lo dispuesto en la Primera Disposición
Complementaria Final de la referida Ley, el Ministerio
de Educación ha elaborado el proyecto de Reglamento
correspondiente, teniendo en cuenta las opiniones
formuladas por diversos órganos y entidades públicas, así
como por instituciones privadas y organizaciones de la
sociedad civil involucradas con la materia;
Que, en tal virtud, corresponde disponer la aprobación
del referido Reglamento; y
En uso de la facultad conferida por el numeral 8
de conformidad con lo establecido por el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por Ley N° 26510; y la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de la Ley
N° 29719
Apruébese el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que
promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones
Educativas, el que consta de siete (07) capítulos, veintiún
(21) artículos y cuatro (04) disposiciones complementarias
f‌i nales, cuyo texto, en condición de anexo, forma parte
integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Normas Complementarias
Facúltese al Ministerio de Educación para emitir las
disposiciones complementarias que sean necesarias para
el cumplimiento e implementación del presente Decreto
Supremo.
Artículo 3.- Publicación
El Reglamento aprobado por el artículo 1 será
publicado en el Portal Institucional del Ministerio de
Educación (http://www.minedu.gob.pe/normatividad/),
el mismo día de la publicación del presente Decreto
Supremo en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4.- Vigencia
La presente norma entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de
Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días
del mes de junio del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación
796624-6
Oficializan los “Estándares para la
Acreditación de la Carrera Profesional
Universitaria de Arquitectura”
SINEACE
Consejo Superior
RESOLUCIÓN Nº 031-2012-SINEACE/P
Lima, 9 de mayo de 2012
VISTO:
El Of‌i cio Nº 285-2012-CONEAU/P de 18 de abril del
2012, que remite el Consejo de Evaluación, Acreditación

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