DECRETO SUPREMO N° 011-2012-ED - Aprueban el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación

Fecha de disposición07 Julio 2012
Fecha de publicación07 Julio 2012
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 7 de julio de 2012 470167
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los motivos,
la relación del personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General
de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de
conformidad con la Ley Nº 27856, modif‌i cada por la Ley
Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano,
sin armas de guerra, al personal militar de los Estados
Unidos de América detallado a continuación, del 09 al
13 de julio de 2012, a f‌i n de visitar los diferentes lugares
donde se desarrollan los proyectos y actividades médicas
del Ejercicio Nuevos Horizontes 2012.
1. Mayor General Daniel O. WYMAN.
2. Mayor General Mark SEARS.
3. Coronel Douglas LOUGEE.
4. Coronel Daniel BERLINER.
5. Teniente Coronel Shellie Russell RAMIREZ.
6. Mayor Orlando ORTEGA.
7. Capitán Tenisha DE ALVA ASCENCIO.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cada
por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO URQUIZO MAGGIA
Ministro de Defensa
810890-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Ratificar acuerdo adoptado por
PROINVERSIÓN sobre la incorporación
al proceso de promoción de la inversión
privada del proyecto denominado
“Provisión de Servicios de Saneamiento
para los distritos del Sur de Lima”
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 045-2012-EF
Lima, 6 de julio de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de
PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 19 de enero
de 2012, se acordó incorporar el proyecto “Provisión de
Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de
Lima” al proceso de promoción de la inversión privada
a cargo de PROINVERSIÓN, bajo los mecanismos y
procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N°
059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas
reglamentarias correspondientes;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo N° 059-96-PCM y su reglamento aprobado
por Decreto Supremo N° 060-96-PCM concordado con
el Decreto Legislativo N° 1012, el acuerdo de Consejo
Directivo de PROINVERSIÓN referido en el considerando
anterior debe ser ratif‌i cado por Resolución Suprema;
Que, mediante Resolución Suprema N° 010-2012-
EF se modif‌i có la constitución de los cinco Comités
Especiales de PROINVERSIÓN creados por Resolución
Suprema N° 036-2009-EF, reduciéndolos a tres Comités.
Asimismo, en la Resolución Suprema N° 010-2012-EF, se
estableció que toda referencia normativa a los anteriores
Comités, deberá entenderse efectuada a alguno de los
tres Comités actualmente existentes; y que el Consejo
Directivo de PROINVERSIÓN, a propuesta de la Dirección
Ejecutiva, def‌i nirá los procesos de promoción de la
inversión privada, así como las iniciativas privadas, que
serán de competencia de los nuevos Comités;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
5° de la Resolución Suprema N° 010-2012-EF, el Consejo
Directivo de PROINVERSIÓN en sesión de fecha 15 de
febrero de 2012, acordó asignar el proyecto “Provisión
de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur
de Lima”, al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos
de infraestructura y Servicios Públicos Sociales, Minería,
Saneamiento, Irrigación y Asuntos Agrarios - PRO
DESARROLLO;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Supremo N° 059-96-PCM, el Decreto Legislativo N° 1012
y sus normas reglamentarias y complementarias, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Ratif‌i car el acuerdo adoptado por el
Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la
Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de
fecha 19 de enero de 2012, que aprobó incorporar al
Proceso de Promoción de la Inversión Privada el Proyecto
“Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos
del Sur de Lima”, bajo los mecanismos y procedimientos
establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM,
Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias
correspondientes.
Artículo 2°- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, y por
el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
811432-4
EDUCACION
Aprueban el Reglamento de la Ley
DECRETO SUPREMO
N° 011-2012-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
establece los lineamientos generales de la educación y
del sistema educativo peruano, dispuso en su segunda
disposición f‌i nal que el Ministerio de Educación la
reglamente, por lo que se han expedido los Decretos
Supremos Nº 013-2004-ED, Reglamento de Educación
Básica Regular; 015-2004-ED, Reglamento de Educación
Básica Alternativa; 022-2004-ED, Reglamento de
Educación Técnico Productiva; 002-2005-ED, Reglamento
de Educación Básica Especial; 009-2005-ED, Reglamento
de la Gestión del Sistema Educativo, y 013-2005-ED,
Reglamento de Educación Comunitaria;
Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia del
14 de Abril de 2009 determina que, no obstante haberse
expedido los decretos supremos mencionados que
reglamentan parcialmente la Ley N° 28044, Ley General

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