RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0109-2018-MEM/DGM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Precisan plazo y establecen disposiciones para la presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC) correspondiente al año 2017-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0109-2018-MEM/DGM

Fecha de disposición26 Abril 2018
Fecha de publicación30 Abril 2018

Lima, 26 de abril de 2018

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que los titulares de la actividad minera están obligados a presentar anualmente una Declaración Anual Consolidada (DAC);

Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 042-2003-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 052-2010-EM, establece que todos los titulares de la actividad minera, sin distinción de la fase o ciclo en el que se encuentren, están obligados a presentar anualmente una declaración jurada de compromiso con el desarrollo sostenible del ejercicio anterior, a través del Anexo IV de la Declaración Anual Consolidada (DAC); el que será presentado en el mismo plazo y bajo las mismas disposiciones referidas al procedimiento de presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC), conforme a lo señalado mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Minería;

Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2015-EM se modificó el artículo 71° del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, disponiéndose que el titular de la actividad minera tiene la obligación de llevar el archivo físico desde el inicio de la etapa de exploración hasta el inicio de la etapa de producción o hasta la extinción de la concesión minera, lo que ocurra primero, a través de la Declaración Anual Consolidada (DAC) correspondiente al año inmediato anterior y conforme al formato que se aprueba para tal fin;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 048-2016-MEM/DGM de fecha 30 de marzo de 2016, se aprobó los formatos del Anexo 1 y Anexo 2, instrucciones y el Manual de los formatos para la presentación de información de muestreo y/o testigos que estarían incluidos en la Declaración Anual Consolidada (DAC);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 184-2005-MEM/DM se aprobó el formulario de la Declaración Anual Consolidada (DAC); disponiendo en su artículo 3º que la Dirección General de Minería, mediante resolución directoral, será la encargada de precisar la forma y fecha de presentación del formulario mencionado;

Que, en consecuencia, es necesario establecer la fecha y forma de presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC) correspondiente al año 2017, a efectos de que los titulares de la actividad minera cumplan con la obligación contenida en el artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería;

Que, asimismo se debe señalar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR