DECRETO SUPREMO, Nº 018-2018-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los departamentos de Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Cajamarca e Ica, y en 145 distritos del departamento de Lima y 03 distritos de la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2017-2018-DECRETO SUPREMO-Nº 018-2018-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 108-2017-PCM, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 14 de noviembre de 2017, se declaró el Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2017-2018, en los departamentos de Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Cajamarca e Ica, y en 145 distritos del departamento de Lima y 03 distritos de la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo al Anexo que forma parte de dicho decreto supremo, por el plazo de sesenta (60) días calendario; para la ejecución de acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. El mencionado Estado de Emergencia fue declarado teniendo en consideración los efectos y daños de magnitud producidos por las lluvias intensas que se produjeron durante los primeros meses del año 2017; situación agravada por la presencia del Fenómeno El Niño, todo lo cual ha dejado en mal estado el cauce de los ríos afectados, y que era necesario considerar ante la temporada de lluvias 2017-2018;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2018-PCM se prorrogó por el plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir del 14 de enero del 2018, el Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2017-2018, declarado por el Decreto Supremo Nº 108-2017-PCM en los departamentos de Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Cajamarca e Ica, y en 145 distritos del departamento de Lima y 03 distritos de la Provincia Constitucional del Callao; con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 5.2 del artículo 5 y el artículo 15 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre (SINAGERD)”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la Presidencia del Consejo de Ministros presenta ante el Consejo de Ministros el expediente de solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia o su prórroga, para que se proceda con el correspondiente acuerdo y emisión del decreto supremo;

Que, mediante el Oficio Nº 524-2018-VIVIENDA-SG, de fecha 20 de febrero de 2018, el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) la documentación que sustenta la propuesta de aprobación de una nueva prórroga del Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2017-2018 declarado en los departamentos de Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Cajamarca e Ica, y en 145 distritos del departamento de Lima y 03 distritos de la Provincia Constitucional del Callao, mediante el Decreto Supremo Nº 108-2017-PCM y prorrogado por el Decreto Supremo N° 008-2018-PCM;

Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8.1 del artículo 8 y el artículo 17 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por...

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