DECRETO SUPREMO, Nº 002-2018-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Educación-DECRETO SUPREMO-Nº 002-2018-MINEDU

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición16 de Febrero de 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2016-MINEDU, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Educación (MINEDU), el cual consigna los procedimientos administrativos y los servicios prestados en exclusividad, que son de aplicación en la Sede Central del Ministerio de Educación. Dicho documento de gestión fue modificado mediante Resolución Ministerial Nº 677-2016-MINEDU;

Que, el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que el TUPA de la entidad, también incluye la relación de aquellos servicios prestados en exclusividad por las entidades dentro del marco de su competencia, cuando el administrado no tiene posibilidad de obtenerlos acudiendo a otro lugar o dependencia, precisando que deben comprender la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para su realización; los supuestos en que procede el pago de derecho de tramitación; las vías de recepción adecuadas para acceder al mismo; la autoridad competente para resolverlo, en lo que fuere aplicable;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, modificó el artículo 5 de la Ley Nº 26271, Ley que norma el derecho a pases libres y pasajes diferenciados cobrados por las empresas de transporte urbano e interurbano de pasajeros, señalando que el Carné de Instituto Superior será expedido por el Ministerio de Educación;

Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativo del Ministerio de Educación a fin de incorporar el servicio exclusivo denominado “Expedición de carné para estudiantes de Institutos y Escuelas de Educación Superior”;

Que, de igual modo, con la incorporación de un nuevo servicio prestado en exclusividad, se recalculan los costos de todos los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, dando como resultado que algunos de estos aumenten o disminuyan su costo, por lo que corresponde actualizar los costos de los procedimientos Nºs 3, 5, 8, 9, 13, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 24; y, los servicios prestados en exclusividad Nº 2 y 6;

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR