RESOLUCION, Nº 001-2018-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Aprueban la Norma “Procedimiento para el Cumplimiento de los Contratos asociados al Proyecto: Suministro de Energía para Iquitos”-RESOLUCION-Nº 001-2018-OS/CD

EmisorORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Fecha de la disposición18 de Enero de 2018

Lima, 18 de enero de 2018

CONSIDERANDO:

Que, de la adjudicación de la buena pro, llevada a cabo el 18 de junio de 2013, y otorgada a la empresa GenRent del Perú S.A.C. (GenRent o Generador), en el Concurso Público Internacional del Proyecto “Suministro de Energía para Iquitos”, se suscribieron, entre el Estado Peruano y GenRent, el Contrato de Concesión de Reserva Fría de Generación; y, entre GenRent y la distribuidora Electro Oriente S.A., el Contrato de Suministro de Electricidad y el Contrato de Cesión de Créditos;

Que, la Cláusula 4.3 del Contrato de Concesión de Reserva Fría de Generación dispone que Osinergmin deberá adecuar y complementar, en lo que sea necesario, las normas aplicables a la remuneración del proyecto que comprende el mencionado Contrato de Concesión, dictando las medidas y normas complementarias, supletorias y modificatorias, que sean necesarias para la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en dicho contrato;

Que, asimismo, la cláusula 2.6 del Contrato de Cesión de Créditos dispone que Osinergmin adecuará y complementará, en lo que sea necesario, las normas aplicables al Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados (MCSA), dictando los actos, las medidas y normas complementarias, supletorias y modificatorias, que sean necesarias para la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en el referido Contrato, en particular, para que el MCSA y el Programa Mensual de Transferencias, provean oportunamente, recursos suficientes para que los Créditos cedidos permitan que el Generador obtenga los ingresos previstos en el Contrato;

Que, con la finalidad de establecer la metodología para el cumplimiento de los Contratos asociados al Suministro de Energía para Iquitos, la determinación de la Compensación Anual, así como, definir el criterio para la propuesta de Monto Especifico a cargo de Osinergmin, y para el Programa de Transferencias, se elaboró la propuesta de norma “Procedimiento para el Cumplimiento de los Contratos asociados al Proyecto: Suministro de Energía para Iquitos”;

Que, dicho proyecto normativo fue publicado en el 02 de diciembre de 2016, mediante la Resolución N° 261-2016-OS/CD, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado con Decreto Supremo N° 054-2001-PCM,

Que, la citada Resolución N° 261-2016-OS/CD otorgó un plazo de veinte (20) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin. Durante dicho plazo se recibieron comentarios de las empresas GenRent del Perú S.A.C. y Electro Oriente S.A.;

Que, atendiendo a la publicación del Decreto Legislativo N° 1310, en diciembre de 2016, que planteaba requisitos de evaluación previos a la emisión de determinadas normas, los cuales se precisaron a través del Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 075-2017-PCM y el Manual aprobado mediante Resolución Ministerial N° 196-2017-PCM, publicados en los meses de julio y agosto de 2017, respectivamente, se dictaron criterios particulares de aplicación para el Proyecto “Suministro de Energía para Iquitos”, mediante Resolución N° 060-2017-OS/CD, cuya vigencia culmina el 30 de abril de 2018 (periodo tarifario vigente). Cabe precisar que, mediante Oficio N° 885-2017-PCM/SG, la Presidencia del Consejo de Ministros trasladó al Osinergmin el Informe N° 227-2017-PCM/OGAJ, en cuyo numeral 3.21 se concluye que no le aplica el Decreto Legislativo N° 1310 al proyecto normativo materia de revisión. En tal sentido, para los siguientes procedimientos tarifarios posteriores a abril de 2018, resulta necesaria la emisión del presente Procedimiento;

Que, los comentarios y sugerencias presentados han sido analizados en los informes de la Gerencia de Regulación de Tarifas, habiéndose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la norma, correspondiendo la aprobación de la Norma “Procedimiento para el Cumplimiento de los Contratos asociados al Proyecto: Suministro de Energía para Iquitos”;

Que, se han emitido el Informe Técnico N° 029-2018-GRT y el Informe Legal N° 027-2018-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General...

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