RESOLUCION SUPREMA, Nº 086-2017-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Otorgan la nacionalidad peruana por naturalización a ciudadanos argentino y croata-RESOLUCION SUPREMA-Nº 086-2017-IN

EmisorINTERIOR
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2017

Lima, 20 de diciembre de 2017

VISTOS; la solicitud presentada con fecha 6 de mayo de 2009, por el ciudadano argentino Miguel Piovesan, peticionando otorgamiento de Nacionalidad Peruana por Naturalización; el Informe N° 071-2017-MIGRACIONES-SM-IN-N, de fecha 8 de noviembre de 2017, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; el Oficio N° 002480-2017-SM-MIGRACIONES, de fecha 8 de noviembre de 2017, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y, el Informe N° 002059-2017/IN/OGAJ, de fecha 06 de diciembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1130, se creó la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, entidad que asume las funciones y competencias de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior – DIGEMIN, dentro de las cuales se encuentra otorgar registro de nacionalidad peruana por nacimiento y opción; así como títulos de naturalización y doble nacionalidad, concordante con el literal t. del artículo 3° del Reglamento de Organización y funciones de MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN;

Que, mediante el expediente administrativo Nº 29802-2009, la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, ha tramitado la solicitud del señor Miguel Piovesan, ciudadano de nacionalidad argentina, quien peticiona se le conceda la Nacionalidad Peruana por Naturalización;

Que, con Informe N° 071-2017-MIGRACIONES-SM-IN-N, de fecha 8 de noviembre de 2017, la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES concluye que el ciudadano de nacionalidad argentina Miguel Piovesan cumplió con cada uno de los requisitos previstos por el artículo 3° de la Ley de Nacionalidad, Ley N° 26574, así como el artículo 8° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-97-IN, concordante...

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