DECRETO SUPREMO, Nº 368-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales-DECRETO SUPREMO-Nº 368-2017-EF

Fecha de disposición19 Diciembre 2017
Fecha de publicación19 Diciembre 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1153 y sus modificatorias se regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, cuya finalidad es que el Estado alcance mayores niveles de equidad, eficacia, eficiencia, y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a través de una política integral de compensaciones y entregas económicas que promueva el desarrollo del personal de la salud al servicio del Estado;

Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, dispone que la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, es la entrega económica que se otorga una vez al año, al personal de los establecimientos de salud, redes y microrredes del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, y Gobiernos Regionales, asimismo, establece que los criterios técnicos, aplicación e implementación se aprueban mediante Decreto Supremo con el refrendo de la Ministra de Economía y Finanzas y del Ministro de Salud, a propuesta de este último;

Que, asimismo, esta entrega económica no tiene carácter pensionable, no está sujeta a cargas sociales, ni forma parte de la base de cálculo para determinación de la compensación por tiempo de servicios; encontrándose afecta al Impuesto a la Renta;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 041-2016-SA se definen las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios a cumplir en el año 2016, para recibir la entrega económica anual a la que hace referencia el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153;

Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 116-2014-EF, se aprobó los criterios técnicos, aplicación e implementación de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios en el marco del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153;

Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Salud a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 100 000 000,00), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de sus organismos públicos y los Gobiernos Regionales, para el pago de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153;

Que, el numeral 20.3 del precitado artículo señala que para la aplicación de lo establecido en el considerando precedente, es requisito que las...

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