DECRETO SUPREMO, Nº 338-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales para financiar el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar-DECRETO SUPREMO-Nº 338-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014, se autorizó al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a otorgar, de manera excepcional, un Bono de Incentivo al Desempeño Escolar como reconocimiento de la mejora del aprendizaje de los estudiantes de las instituciones educativas públicas durante el ejercicio anterior, a favor del personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño;

Que, con Decreto Supremo Nº 287-2014-EF, modificado por los Decretos Supremos N°s 203-2015-EF y 284-2016-EF, se aprobó el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento; así como otras disposiciones necesarias para su implementación;

Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza, a partir de su vigencia, al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a otorgar el Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, al que se refiere el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 287-2014-EF y sus modificatorias;

Que, el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2017, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de DOS MIL SETECIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 2 700 000 000,00), mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último; para financiar, entre otros, lo señalado en el literal j) referido al financiamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar; asimismo, en el último párrafo del numeral 26.3 se establece que para su aplicación, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 30518;

Que, el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informes Nºs 0016, 0032 y 0036-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, identifica las instituciones educativas seleccionadas, el personal beneficiario para el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar y...

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