ORDENANZA, Nº 387-MDCH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO - Regulan la instalación y operación de antenas, estaciones de base radioeléctricas, accesorios, similares para prestación de servicios de telecomunicaciones de telefonía móvil en el distrito-ORDENANZA-Nº 387-MDCH

EmisorMUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2017

Regulan la instalación y operación de antenas, estaciones de base radioeléctricas, accesorios, similares para prestación de servicios de telecomunicaciones de telefonía móvil en el distrito

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 387-MDCH

Chaclacayo, 27 de setiembre de 2017

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE CHACLACAYO, en sesión de la fecha; y,

VISTO:

El Concejo Municipal de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de setiembre del 2017; el Memorando Nº 189-2017-PPM/MDCH, de la Procuraduría Pública Municipal, el Informe Nº 0120-2017-SGPUCHE-GDU/MDCH, de la Subgerencia de Planificación Urbana, Catastro, Habilitaciones y Edificaciones y el Informe Legal Nº 193-2017-GAJ/MDCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y conforme lo prescribe el artículo IV del título Preliminar los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.

Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 2º, inciso 22, indica que la persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; según artículo 66º los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nación. El estado es soberano en su aprovechamiento; y, en su artículo 194º establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, mediante Ley Nº 29022 - Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, se estableció un régimen especial y temporal en todo el territorio nacional, para la instalación y expansión de los servicios públicos de telecomunicaciones, en especial en áreas rurales y de preferente interés social y zonas de frontera; norma que fue modificado por Ley Nº 30228, a través del cual, entre otros, se modifica el título de la Ley, por el de “Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones”, estableciéndose que las municipalidades deben modificar su Texto Único de Procedimiento Administrativo.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29022, a través del cual se señala que el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley, y el Reglamento, generan las responsabilidades previstas en el ordenamiento legal vigente, siendo solidariamente responsables los funcionarios públicos directamente infractores.

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 186-2015-MINAM “Modifican la “Primera Actualización del Listado de Inclusión de Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto ambiental (SEIA), considerados en el Anexo II del Reglamento de la Ley Nº 27446, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM”, aprobada por R.M. Nº 157-2011-MINAM”,

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales, contando con el voto por mayoría del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se expide la siguiente

ORDENANZA REGULADORA DE LA INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DE ANTENAS, ESTACIONES DE BASE RADIOELÉCTRICAS, ACCESORIOS, SIMILARES PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DE TELEFONÍA MÓVIL EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO

Artículo 1º OBJETO

La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las disposiciones técnicas y legales para el desarrollo de Obras de Instalación, mantenimiento y retiro de antenas y estaciones de bases radioeléctricas de telefonía móvil, sus elementos equipos accesorios y similares, para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, bajo un régimen especial y temporal, dentro del marco de la Ley Nº 29022-“Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones”-, su modificación con Ley Nº 30228 y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC; a fin de que su implantación no tenga efectos negativos sobre la salud de la población del distrito de Chaclacayo y reducir al mínimo el impacto visual sobre el espacio urbano y medio ambiente.

Artículo 2º FINALIDAD

La presente tiene por finalidad proteger la salud física y psicológica de la población del distrito de Chaclacayo, previniendo que el accionar de la tecnología y el desarrollo inducido por el hombre no se causa efectos negativos en las mismas. Asegurar el debido cumplimiento de las normas y procedimientos en la ejecución de obras para la instalación, operación, mantenimiento y retiro de antenas y estaciones de base radioeléctricas de telefonía móvil, sus elementos, equipos y accesorios complementarios, para su servicio de concesión.

Artículo 3º ALCANCES

El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza, es la Jurisdicción del distrito de Chaclacayo de la Provincia y Departamento de Lima, siendo de cumplimiento por parte de los concesionarios de servicios de telecomunicaciones que deseen instalar infraestructura, y de todas aquellas personas naturales o jurídicas, propietarios de inmuebles en esta localidad, que faciliten, arrienden, construyan y/o instalen, deseen construir, adecuar o solicitar licencia de obra y autorización para el funcionamiento y/o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR