RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0033-2017-MINAGRI-SENASA-DSV, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de la especie Rhizobium radiobacter strain GV3101 de origen y procedencia Alemania-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0033-2017-MINAGRI-SENASA-DSV
Fecha de publicación | 13 Octubre 2017 |
Fecha de disposición | 13 Octubre 2017 |
26 de setiembre de 2017
VISTO:
El ARP N° 011-2017-MINAGRI-SENASA-DSV-SARVF de fecha 31 de enero del 2017; el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al país, propone el establecimiento de los requisitos fitosanitarios para la importación de Rhizobium radiobacter strain GV3101 de origen y procedencia Alemania, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;
Que, el Artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificarán a la Organización Mundial de Comercio;
Que, ante el interés en importar Rhizobium radiobacter strain GV 3101 de origen y procedencia Alemania con fines de investigación; la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA inició el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importación del mencionado producto;
Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y con el visado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
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