RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0032-2017-MINAGRI-SENASA-DSV, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de grano descascarado de cáñamo de origen y procedencia de todos los países-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0032-2017-MINAGRI-SENASA-DSV

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2017

21 de setiembre de 2017

VISTO:

El Informe Nº 005-2017-MINAGRI-SENASA-DSV-SCV-VGUTARRA de fecha 29 de marzo de 2017, el cual al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al país, propone el establecimiento de los requisitos fitosanitarios para la importación de grano descascarado de cáñamo (Cannabis sativa) de origen y procedencia de todos los países, y;

CONSIDERANDO:

Que, el primer párrafo del artículo 12° del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;

Que, el segundo párrafo del artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificarán a la Organización Mundial de Comercio;

Que, con Resolución Directoral N° 342-2002-AG-SENASA-DGSV se establecieron los requisitos fitosanitarios para la importación de productos vegetales y semillas botánicas de las Categorías de Riesgo Fitosanitario 2,3 y 4;

Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003-AG – Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios de cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea Competente;

Que, ante el interés en importar a nuestro país grano descascarado de cáñamo (Cannabis sativa); la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias;

De conformidad...

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