DECRETO SUPREMO, Nº 263-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, para financiar proyectos de inversión pública de infraestructura vial urbana-DECRETO SUPREMO-Nº 263-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el referido Ministerio constituye un pliego presupuestal, asimismo, señala sus competencias exclusivas así como las compartidas con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, entre otras, en materia de infraestructura de transportes de alcance regional y local;

Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el año fiscal 2017, a realizar transferencias financieras a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, hasta por la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 373 959 963,00), con cargo a su presupuesto institucional y por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución de obras viales que permitan cubrir las necesidades de transporte de los ciudadanos durante la celebración de los “XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos–Lima 2019”, conforme se detalla en el Anexo 3 “Obras viales para ser priorizadas en el año 2017” de la citada ley;

Que, asimismo, el citado numeral dispone que las mencionadas transferencias financieras se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último;

Que, por su parte, el numeral 3.3 del referido artículo 3 dispone que para efectos de lo establecido en el numeral 3.1 del mismo artículo, se exceptúa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y el artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de los numerales 9.4, 9.5, 9.7 9.8 y 9.9 del artículo 9 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

Que, con Oficio N° 560-2017-MML-GMM, la Municipalidad Metropolitana de...

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