RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 690-2017/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Autorizan Transferencia Financiera a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash e Ica, para financiar la adquisición de bienes y servicios que se requieran contratar para la atención de la Emergencia Sanitaria declarada mediante D.S Nº 025-2017-SA-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 690-2017/MINSA

EmisorSALUD
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2017

Lima, 18 de agosto del 2017

Visto, el Expediente N° 17-078119-001 que contiene el Informe N° 369-2017-OGPPM-OP/MINSA, elaborado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se expide la Resolución Ministerial N° 1008-2016/MINSA de fecha 29 de diciembre de 2016, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos para el Año Fiscal 2017 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, mediante Decreto Supremo 025-2017-SA, se declara en Emergencia Sanitaria por el plazo de noventa (90) días calendarios a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash e Ica, correspondiéndole al Ministerio de Salud, así como a la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Tumbes, a la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Piura, a la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de Lambayeque, a la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional La Libertad, a la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Ancash y a la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Ica, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción que como Anexo I forma parte integrante del precitado Decreto Supremo;

Que, en el referido Plan de Acción se consigna que dicho instrumento será financiado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Legislativo N° 1156, Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, y el literal b), artículo 16 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-SA; precisando, además, que el costo total de los recursos requeridos para su ejecución ascienden a DIECIOCHO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 18 000 000,00), siendo responsable de su financiamiento el Ministerio de Salud;

Que, la Emergencia Sanitaria, conforme se fundamenta en los considerandos del Decreto Supremo N° 025-2017-SA, fue declarada toda vez que se configuró el supuesto previsto en el...

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