DECRETO SUPREMO, Nº 211-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional-DECRETO SUPREMO-Nº 211-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición16 de Julio de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas – DEVIDA, 070: Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y 005: Ministerio del Ambiente;

Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1241, Decreto Legislativo que fortalece la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, establece que la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA diseña y conduce la Política Nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas y sus delitos conexos, y asimismo, formula, diseña y propone la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2017-PCM se aprobó, en el marco de la Política Nacional de Lucha contra las Drogas, la “Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017 - 2021”, a fin de armonizar los esfuerzos y encaminar las acciones a las metas definidas, garantizando la unidad e integridad del Estado en el marco de la Política Nacional de Lucha contra las Drogas;

Que, mediante Oficio N° 000633-2017-DV-SG, la Secretaria General de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas – DEVIDA solicita recursos adicionales hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 50 756 104,00), para el financiamiento de treinta (30) proyectos de inversión y quince (15) actividades a ejecutarse en el ámbito de intervención de su Programa Presupuestal 0072 Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS; para cuyo efecto adjunta el Informe N° 000072-2017-DV-OPP, a través del cual la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de citado pliego señala que los recursos solicitados no han sido previstos en su presupuesto institucional;

Que, por su parte, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dispone que dicha entidad tiene, entre otros, el objetivo de desarrollar acciones que permitan combatir, controlar y extinguir incendios, rescatar y salvar personas expuestas a peligro por incendios o accidentes en general, atendiendo las emergencias derivadas de los mismos y prestando atención y asistencia oportuna en la medida de sus posibilidades;

Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, mediante Informe N° 113-2017-CGBVP/CG-SG-OPP, señala que no cuenta con recursos disponibles para financiar la adquisición de equipos de protección personal, botas, guantes, entre otros, con la finalidad de renovar aquellos que se encuentran en estado de desgaste; en virtud de lo cual, a través de los Oficios N°s. 139-2017 CGBVP/CG y 231-2017 CGBVP/SG, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú solicita recursos adicionales hasta por la suma de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES (S/ 15 253 740,00);

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1274 se regula la participación del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES en la ejecución de Intervenciones de rehabilitación, reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en centros poblados rurales; para tal fin se establece que la participación del FONCODES en la ejecución de dichas intervenciones se denomina “Agua +”, cuya finalidad es reducir el déficit cualitativo de infraestructura y contribuir el acceso al agua segura y saneamiento por parte de las...

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