RESOLUCION JEFATURAL, Nº 094-2017/SIS, ORGANISMOS EJECUTORES, SEGURO INTEGRAL DE SALUD - Aprueban transferencia a favor de las Unidades Ejecutoras del sector salud de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Huánuco, Moquegua y Piura, en el marco del Convenio suscrito con el Seguro Integral de Salud-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 094-2017/SIS

EmisorSEGURO INTEGRAL DE SALUD
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2017

Lima, 22 de mayo de 2017

VISTOS: El Informe N° 032-2017-SIS/GNF-SGF/PFCL, con Proveído Nº 264-2017-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre la Programación de la Transferencia a las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Huánuco, Moquegua y Piura quienes brindan servicios o prestaciones de salud a los asegurados del Seguro Integral de Salud a través de sus Hospitales, el Informe N° 005-2017-SIS/OGPPDO-GFCS con Proveído N° 147-2017-SIS/OGPPDO que contiene la Certificación de Crédito Presupuestario N° 633-2017, emitida por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe N° 044-2017-SIS/OGAJ/MAMZ con Proveído N° 291-2017-SIS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias financieras para el financiamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados, las mismas que deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces y, publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR