RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 007-2017-EF/51.01, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Prorrogan plazos de envío de la información financiera y presupuestaria de los meses de enero, febrero y el primer trimestre del ejercicio fiscal 2017, establecidos en el Texto Ordenado de la Directiva Nº 003-2016-EF/51.01-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 007-2017-EF/51.01

Fecha de publicación12 Mayo 2017
Fecha de disposición10 Mayo 2017

Lima, 10 de mayo de 2017

CONSIDERANDO:

Que, los incisos a) y b) del artículo 7° de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, entre otras, emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público y elaborar la Cuenta General de la República, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del sector público;

Que, el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 004-2017-EF/51.01 aprueba el Texto Ordenado de la Directiva N° 003-2016-EF/51.01 “Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria con Periodicidad Mensual, Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado”, estableciendo su vigencia a partir del período contable 2017; la misma que establece los plazos de presentación de la información mensual, trimestral y semestral;

Que, dada la situación de emergencia por desastres naturales declarada en diversas zonas del país, mediante el artículo 10° del Decreto de Urgencia N° 006-2017, se prorrogó hasta el 28 de abril de 2017, el plazo para la presentación de las rendiciones de cuentas del ejercicio fiscal 2016 para las entidades ubicadas en dichas zonas;

Que, a efectos del envío vía WEB de la información financiera y presupuestaria correspondiente a los meses de enero y febrero del ejercicio fiscal 2017; así como para el envío y presentación de la información del primer trimestre de dicho ejercicio fiscal, se requiere establecer el 30 de mayo de 2017, como plazo para que las entidades gubernamentales cumplan lo dispuesto en la Directiva N° 003-2016-EF/51.01;

Estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos a) y b) del artículo 7° de la Ley N° 28708 y el artículo 42° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público;

SE RESUELVE

Artículo 1° Prórroga de plazo para el envío y presentación de la información contable de los...

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