RESOLUCION, Nº 0146-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran concluido proceso de Elecciones Municipales de alcaldes y regidores convocado mediante D.S. Nº 043-2016-PCM-RESOLUCION-Nº 0146-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2017

Lima, cinco de abril de dos mil diecisiete

VISTO el informe final de la presidenta del Jurado Electoral Especial de Lima, correspondiente a las Elecciones Municipales de marzo 2017, presentado con fecha 30 de marzo de 2017.

ANTECEDENTES

Convocatoria al proceso de Elecciones Municipales 2015

Mediante Decreto Supremo N.° 043-2016-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 9 de julio de 2016, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales para el domingo 12 de marzo de 2017, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de tres distritos creados en el año 2015, Neshuya y Alexander Von Humboldt (provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali) y Pucacolpa (provincia de Huanta, departamento de Ayacucho), creados los dos primeros con la Ley N.° 30310 y el último con la Ley N.° 30320.

Administración de justicia electoral

Con la Resolución N.° 1193-2016-JNE, de fecha 22 de setiembre de 2016, se definió una circunscripción administrativa y de justicia electoral, que comprendió los tres distritos electorales materia de la elección, y sobre los cuales el Jurado Electoral Especial de Lima, con sede en el distrito de Jesús María (provincia y departamento de Lima), tuvo competencia para impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, a partir de su instalación, el 1 de diciembre de 2016.

CONSIDERANDOS

  1. Este Supremo Tribunal Electoral, en cumplimiento de las funciones que le confiere la Constitución Política del Perú, en su artículo 178, numerales 1 y 4, y la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, ha fiscalizado el proceso e impartido justicia en materia electoral, en tal sentido, ha resuelto los recursos presentados por los personeros de las organizaciones políticas participantes en las Elecciones Municipales realizadas el 12 de marzo de 2017, respecto de las cuales no existe ante esta instancia ningún recurso pendiente de resolver.

  2. De la misma manera, se ha verificado que el Jurado Electoral Especial de Lima cumplió con resolver todo aquello que era de su competencia. En igual sentido, emitió las correspondientes Actas de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Electas, sobre la base del cómputo realizado por la Oficina...

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