LEY N° 30320 - Ley de creación del distrito de Pucacolpa en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho

Fecha de disposición28 Abril 2015
Fecha de publicación28 Abril 2015
El Peruano
Martes 28 de abril de 2015 551489
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30320
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE
PUCACOLPA EN LA PROVINCIA DE HUANTA
DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO
Artículo 1. Objeto de la Ley
Créase el distrito de Pucacolpa, con su capital
Huallhua, en la provincia de Huanta del departamento de
Ayacucho.
Artículo 2. Límites del distrito de Pucacolpa
Los límites territoriales del distrito de Pucacolpa, en la
provincia de Huanta del departamento de Ayacucho, son
los siguientes:
POR EL NOROESTE Y NORTE:
Limita con el distrito de Tintay Punco, provincia de
Tayacaja, departamento de Huancavelica.
El límite se inicia en la cumbre del cerro Chanla Cocha
(punto de coordenadas UTM 548 744 m E y 8 641 627
m N), continúa en dirección sureste por la divisoria de
aguas del río Mantaro con la quebrada Yanacocha
pasando por los puntos de coordenadas UTM 550 654
m E y 8 640 793 m N, UTM 551 876 m E y 8 639
717 m N, UTM 554 110 m E y 8 639 965 m N, UTM
557 018 m E y 8 642 253 m N, descendiendo al punto
de coordenadas UTM 558 807 m E y 8 639 921 m
N, hasta la naciente de la quebrada Quellolloclla en
un punto de coordenadas UTM 558 805 m E y 8 639
920 m N, a partir de este punto el límite continúa en
dirección general noreste, aguas abajo, por la línea
media del cauce de la quebrada Quellolloclla hasta su
conf‌l uencia con la quebrada Pucacollpa en un punto
de coordenadas UTM 563 455 m E y 8 639 675 m
N; el límite continúa por la línea media del cauce del
río Imaybamba hasta su desembocadura en el río
Mantaro en un punto de coordenadas UTM 571 210 m
E y 8 654 190 m N.
POR EL NORESTE:
Limita con el distrito de Pangoa, provincia de Satipo,
departamento de Junín.
El límite se inicia en la desembocadura de la
quebrada Imaybamba en el río Mantaro en un punto
de coordenadas UTM 571 210 m E y 8 654 190 m
N, el límite continúa en dirección general sureste
por el thalweg del río Mantaro aguas abajo hasta la
desembocadura de la quebrada Vizcatán en el río
Mantaro en un punto de coordenadas UTM 588 366 m
E y 8 639 405 m N.
POR EL SURESTE:
Limita con el distrito de Canayre, provincia de Huanta,
departamento de Ayacucho.
El límite se inicia en la desembocadura de la quebrada
Vizcatán en el río Mantaro en un punto de coordenadas
UTM 588 366 m E y 8 639 405 m N, el límite continúa
en dirección suroeste por la línea media del cauce de la
quebrada Vizcatán, aguas arriba hasta la conf‌l uencia
de las quebradas Chillihuamayo y Uchuyunca, en un
punto de coordenadas UTM 581 339 m E y 8 627 949
m N.
POR EL SUR:
Limita con los distritos de Ayahuanco y Pachamarca,
provincia de Churcampa, departamento de
Huancavelica.
El límite se inicia en la conf‌l uencia de las quebradas
Chillihuamayo y Uchuyunca, en un punto de
coordenadas UTM 581 339 m E y 8 627 949 m N,
prosigue en dirección sureste por la línea media
del cauce de la quebrada Chillihuamayo hasta la
conf‌l uencia de la quebrada Mayobamba, continúa por
la divisoria de aguas de las quebradas Mayobamba
y Chillihuamayo, pasando por el cerro Arampana, la
cota 3585 (punto de coordenadas UTM 573 716 m E
y 8 624 932 m N), continúa en línea recta hasta la
cota 3849 (punto de coordenadas UTM 570 775 m E
y 8 623 237 m N), continua por la cota 4092 (punto
de coordenadas UTM 568 930 m E y 8 623 709 m
N), cota 4025 (568 060 m E y 8 625 657 m N), luego
desciende en dirección suroeste hasta el río Mantaro
en un punto de coordenadas UTM 564 195 m E y 8
623 399 m N, prosigue en dirección este por la línea
media del cauce del río Mantaro aguas abajo hasta la
desembocadura de la quebrada Chinchihuasi en el río
Mantaro en un punto de coordenadas UTM 553 567 m
E y 8 623 840 m N.
POR EL OESTE:
Limita con los distritos de Chinchihuasi, provincia de
Churcampa, y de Colcabamba, provincia de Tayacaja,
departamento de Huancavelica.
El límite se inicia en el río Mantaro en un punto de
coordenadas UTM 553 567 m E y 8 623 840 m N,
continúa en dirección noroeste por la línea media
del cauce del río Mantaro aguas abajo hasta la
desembocadura de una quebrada sin nombre en el
río Mantaro en un punto de coordenadas UTM 546
092 m E y 8 632 145 m N, a partir de este punto el
límite continúa en dirección norte ascendiendo por la
estribación sur del cerro Unca Punta pasando por los
puntos de coordenadas UTM 545 603 m E y 8 637 546
m N, cota 4378 (punto de coordenadas UTM 546 420
m E y 8 638 970 m N), UTM 546 869 m E y 8 639 427
m N, UTM 547 922 m E y 8 640 608 m N, UTM 548
079 m E y 8 641 245 m N, hasta la cumbre del cerro
Chanla Cocha (punto de coordenadas UTM 548 744
m E y 8 641 627 m N), punto de inicio de la presente
descripción.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Base de la cartografía
Los límites del distrito de Pucacolpa han sido trazados
sobre la base de las Cartas Nacionales del Instituto
Geográf‌i co Nacional (IGN), a escala 1:100,000, Zona 18
Sur, Sistema de Coordenadas UTM (Universal Transversal
de Mercator), Elipsoide WGS-84, hoja: 25-n (1946),
Nombre: Pampas, edición 1-IGN, serie: J631; y hoja: 25-ñ
(2046), Nombre Canaire, edición 1-IGN, serie: J631.
SEGUNDA. Autoridades político-administrativas
El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones
correspondientes a f‌i n de dotar de autoridades político-
administrativas a la nueva circunscripción que se crea por
la presente Ley.
TERCERA. Autoridades judiciales
El Poder Judicial dispondrá las acciones necesarias a
f‌i n de dotar al distrito que se crea por la presente Ley de
las autoridades judiciales correspondientes.
CUARTA. Elección de autoridades municipales
El Jurado Nacional de Elecciones adopta las acciones
necesarias para la elección de las autoridades municipales
del distrito de Pucacolpa de acuerdo a lo dispuesto por la
QUINTA. Documento nacional de identidad
El Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado
Civil (Reniec) otorga a la población del nuevo distrito
un documento nacional de identidad con los datos
actualizados.
SEXTA. Representación cartográf‌i ca
Forma parte de la presente Ley la representación
cartográf‌i ca que def‌i ne el ámbito de creación del distrito
de Pucacolpa.

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