RESOLUCION, Nº 035-2017/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Aprueban versión 1.4 del PDT Fondos y Fideicomisos, Formulario Virtual Nº 618-RESOLUCION-Nº 035-2017/SUNAT

Fecha de disposición10 Febrero 2017
Fecha de publicación12 Febrero 2017

Lima, 10 de febrero de 2017

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 003-2016/SUNAT se aprobó la versión 1.3 del PDT Fondos y Fideicomisos, Formulario Virtual N° 618, creado por la Resolución de Superintendencia N° 047-2005-SUNAT para la presentación de la declaración jurada anual a la que se encuentran obligadas las sociedades administradoras o titulizadoras y el fiduciario bancario por cuenta de los fondos de inversión, empresariales o no, patrimonio fideicometidos de sociedades titulizadoras o fideicomisos bancarios de conformidad con el inciso h) del artículo 47° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 122-94-EF y modificatorias;

Que a través del Decreto Legislativo N° 1261 se modificó el primer párrafo del artículo 73°-B de la Ley del Impuesto a la Renta, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, con el objeto de señalar que las sociedades administradoras de los fondos de inversión, las sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos y los fiduciarios de fideicomisos bancarios retendrán el impuesto por las rentas que correspondan al ejercicio y que constituyan rentas de tercera categoría para los contribuyentes, aplicando la tasa de veintinueve coma cincuenta por ciento (29,50%) sobre la renta neta devengada, a partir del ejercicio 2017;

Que resulta conveniente adelantar la aprobación de la nueva versión del PDT Fondos y Fideicomisos, Formulario Virtual N° 618, que permitirá a las sociedades administradoras o titulizadoras y al fiduciario bancario presentar la declaración en mención conforme a la nueva tasa del veintinueve coma cincuenta por ciento (29,50%) sobre la renta neta;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario en la medida que su finalidad es adecuar el PDT antes mencionado a la modificación de la...

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