RESOLUCION, Nº 014-2017/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Aprueban nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601-RESOLUCION-Nº 014-2017/SUNAT

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición23 de Enero de 2017

Lima, 23 de enero de 2017

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 124-2016/SUNAT se aprobó el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 601 – Versión 3.0;

Que, de acuerdo a las normas vigentes, para la determinación de algunos de los tributos que se declaran y/o pagan utilizando el referido PDT se debe considerar como referencia la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo valor para el año 2017, según el Decreto Supremo Nº 353-2016-EF, es de cuatro mil cincuenta y 00/100 soles (S/ 4 050,00);

Que resulta necesario actualizar el valor de la UIT correspondiente al año 2017 en el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario en la medida que la aprobación de una nueva versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601, obedece a su adecuación al actual valor de la UIT;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 29° y el numeral 88.1 del artículo 88° del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias; el artículo 12° del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27334 y establece los alcances, períodos y otros aspectos sobre la administración de las aportaciones a ESSALUD y ONP y norma modificatoria; el artículo 3° del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR que establece disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica” y normas modificatorias; el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único APROBACIÓN DE UNA NUEVA VERSIÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA – PLAME, FORMULARIO...

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