RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 456-2016-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 456-2016-PRODUCE

Fecha de disposición21 Noviembre 2016
Fecha de publicación23 Noviembre 2016
MateriaDerecho Procesal

Lima, 21 de noviembre de 2016

VISTOS: El Memorando N° 1871-2016-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, los Memoranda N°s. 1762 y 1790-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPR de la Dirección General de Políticas y Regulación, los Informes N°s. 029 y 032-2016/PRODUCE/DVMYPE-I/DGPR/DIRE de la Dirección de Regulación de la Dirección General de Políticas y Regulación, los Memoranda N°s. 1716 y 1757-2016-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y los Informes N°s. 292 y 299-2016-PRODUCE/OGPP-Opra de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2015-PRODUCE, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción, modificado por las Resoluciones Ministeriales N°s. 199 y 340-2015-PRODUCE, N°s. 282, 417 y 420-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE, en adelante el TUPA del Ministerio;

Que, en el TUPA del Ministerio, se incluyen los procedimientos administrativos N°s. 98, 99, 100, 101, 114, 115, 116 y 117 a cargo de la Dirección de Regulación, los procedimientos administrativos N°s. 127 y 139 a cargo de la Dirección de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados y los procedimientos administrativos N°s. 159 y 160 se encuentran a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales;

Que, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante la Ley N° 27444, dispone en el numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar, que el procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente, entre otros, en el Principio de Simplicidad, según el cual, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria, es decir los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir;

Que, la Ley N° 27444 señala en el numeral 36.3 del artículo 36, que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR