ORDENANZA, Nº 020-2016-GRL-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LORETO - Establecen el Geoportal de la Infraestructura de Datos Espaciales del Gobierno Regional de Loreto como medio oficial para el acceso, uso e intercambio de información espacial que generan sus órganos de gobierno-ORDENANZA-Nº 020-2016-GRL-CR

Fecha de disposición14 Septiembre 2016
Fecha de publicación18 Octubre 2016
SecciónSección Única

Villa Belén, 14 de setiembre de 2016

El Consejo Regional de Loreto

POR CUANTO:

Visto, el Oficio Nº 312-2016-GRL-GGR, de fecha 08 de agosto del 2016, remitido por la Gerencia General Regional, solicitando el establecimiento del Geoportal de la Infraestructura de Datos Espaciales del Gobierno Regional de Loreto como medio oficial para facilitar el acceso, uso e intercambio de información espacial que produce en cumplimiento de sus funciones.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191º señala que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, precisa en su Artículo 2º que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 32º señala que, los Gobiernos Regionales promueven y apoyan las iniciativas de conectividad e intercambio de información y experiencias de gobierno valiosas para la gestión, entre los gobiernos regionales y entre éstos y el gobierno nacional y gobiernos locales, haciendo uso de las herramientas tecnológicas disponibles;

Que, la Política de Modernización del Estado - Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM tiene como uno de sus objetivos promover el gobierno electrónico a través del uso intensivo de las tecnologías de información y comunicación (TIC) como soporte a los procesos de planificación, producción y gestión de las entidades públicas permitiendo a su vez consolidar propuestas de gobierno abierto;

Que, la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado - Ley Nº 27658, concordante con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su Artículo 4º, que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal para lograr una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, para lograr un Estado al servicio de la ciudadanía;

Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº27444, establece en su Artículo 76º, el criterio de colaboración entre entidades públicas, las que deben proporcionar directamente los datos e información que posean, sea cual fuere su naturaleza jurídica o posición institucional, a través de cualquier medio, sin más limitación que la establecida por la Constitución o la ley, para lo cual se propenderá a la interconexión de equipos de procesamiento electrónico de información, u otros medios similares;

Que, el Decreto Supremo Nº 133-2013-PCM, mediante el cual se establece el acceso e intercambio de información espacial entre entidades de la Administración Pública, en su artículo 4º establece que...

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