DECRETO SUPREMO N° 133-2013-PCM - Decreto Supremo mediante el cual se establece el acceso e intercambio de información espacial entre entidades de la Administración Pública

Fecha de publicación27 Diciembre 2013
Fecha de disposición27 Diciembre 2013
El Peruano
Viernes 27 de diciembre de 2013 511235
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la
República para su promulgación.
En Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre de
dos mil trece.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Congreso de la República
LUIS IBERICO NÚÑEZ
Segundo Vicepresidente del Congreso
de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
Lima, 26 de diciembre de 2013.
Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y
archívese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
1032382-5
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo mediante el cual se
establece el acceso e intercambio de
información espacial entre entidades
de la Administración Pública
DECRETO SUPREMO
Nº 133-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, son f‌i nes de la función pública el servicio a la
Nación de conformidad con lo dispuesto en la Constitución
Política del Perú, y la obtención de mayores niveles de
ef‌i ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una
mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando
el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto
por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del
Estado, Ley Nº 27658, concordante con la Ley N° 29158,
Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado, se declara
al Estado peruano en proceso de modernización en
sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la f‌i nalidad de
mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento
de un Estado moderno, descentralizado y con mayor
participación del ciudadano;
Que, por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, se
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de
la Presidencia del Consejo de Ministros, y se establece
que la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la
Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática, es
el Ente Rector del Sistema Nacional de Informática, para
lo cual emite las directivas o lineamientos que permitan la
aplicación de dicho Sistema;
Que, el sub numeral 76.2.2 del artículo 76 de la Ley
y sus modif‌i catorias, establece el criterio de colaboración
entre entidades públicas, las que deben proporcionar
directamente los datos e información que posean, sea cual
fuere su naturaleza jurídica o posición institucional, a través
de cualquier medio, sin más limitación que la establecida
por la Constitución o la ley, para lo cual se propenderá a
la interconexión de equipos de procesamiento electrónico
de información, u otros medios similares;
Que, con Resolución Ministerial Nº 381-2008-PCM,
se aprueban los lineamientos y mecanismos establecidos
en el documento “Estándares y Especif‌i caciones de
Interoperabilidad del Estado Peruano”, para implementar
la interconexión de equipos de procesamiento electrónico
de información entre las entidades del Estado, con el f‌i n
de hacer efectivo el deber de colaboración;
Que, mediante Decreto Supremo N° 083-2011-
PCM, se crea la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado (PIDE), intraestructura tecnológica que permite
la implementación de servicios públicos por medios
electrónico y/o el intercambio electrónico de datos entre
entidades del Estado a través de internet, telefonía móvil
y otros medios tecnológicos disponibles;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 325-2007-
PCM se crea el Comité Coordinador Permanente de la
Infraestructura de Datos Espaciales del Perú – CCIDEP,
con el objeto de promover y coordinar el desarrollo,
intercambio y el uso de datos y servicios de información
espacial entre todos los niveles de gobierno, sector
privado, organizaciones sin f‌i nes de lucro, instituciones
académicas y de investigación; el cual se encuentra
adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, quien
le presta asistencia técnica y administrativa a través de
la Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática
– ONGEI;
Que, en el marco del referido Comité se aprobó
mediante Acta de Reunión N° 003-2013-CCIDEP, los
Lineamientos del Plan Nacional de Datos Espaciales y
la Propuesta normativa mediante la cual se establece
el acceso e intercambio de información espacial entre
entidades de la Administración Pública;
Que, el artículo 10 de la Ley N° 29664, Ley que crea
el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
(SINAGERD), faculta a la Presidencia del Consejo de
Ministros, organizar, administrar y mantener actualizado
el Sistema Nacional de Información para la Gestión del
Riesgo de Desastres; para lo cual, establece las directivas
y lineamientos de aplicación nacional sobre estándares
para el uso, intercambio y acceso a la información
requerida para la Gestión del Riesgo de Desastres y los
mecanismos para la integración de dicha información;
Que, para la implementación del Sistema Nacional
de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres,
señalado en el considerando precedente, es necesario
garantizar el acceso e intercambio de información espacial
relevante para los procesos de Gestión del Riesgo de
Desastres;
Que, por Ley N° 27293, se crea el Sistema Nacional
de Inversión Pública -SNIP, con la f‌i nalidad de optimizar el
uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión,
mediante el establecimiento de principios, procesos,
metodologías y normas técnicas relacionados con las
diversas fases de los proyectos de inversión;
Que, en el marco del Lineamiento de Política Nº 2.1 de
los Lineamientos del Plan Nacional de Datos Espaciales,
aprobado por el Comité Coordinador Permanente de la
Infraestructura de Datos Espaciales del Perú - CCIDEP, es
necesario facilitar el acceso e intercambio de información
espacial sectorial para focalizar la inversión pública en
ocho funciones básicas y cinco funciones complementarias
def‌i nidas por el Estado en el marco del Plan Bicentenario
Perú 2021;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del
Supremo Nº 063-2007-PCM, Reglamento de Organización
y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros y
sus modif‌i catorias;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
El objeto del presente Decreto Supremo es establecer
lineamientos y mecanismo de aplicación nacional que
faciliten el acceso e intercambio de información espacial o
georreferenciada entre las entidades de la Administración
Pública.
Artículo 2.- Alcance
El presente Decreto Supremo es de aplicación a todas
las entidades de la Administración Pública a que se ref‌i ere
el Artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General, que utilicen,

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