RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 762-2016/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Establecen como advertencias sanitarias diversos gráficos de la "Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco", aprobada por R.M. Nº 469-2011/MINSA-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 762-2016/MINSA

Fecha de disposición29 Septiembre 2016
Fecha de publicación02 Octubre 2016
MateriaDerecho del Medio Ambiente

Lima, 29 de setiembre del 2016

Visto, el Expediente N° 16-077810-001, que contiene el Memorándum N° 802-2016-OGC/MINSA y el Informe N° 064-2016-GCZCH-OCE-MINSA, de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28705, Ley General para la prevención y control de los riegos del Consumo de Tabaco, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 29517 dispone que: “Las cajetillas de cigarros y en general toda clase de empaques o envoltura de productos de tabaco deben llevar impresas, en un cincuenta por ciento (50%) de cada una de sus caras principales, frases e imágenes de advertencia sobre el daño a la salud que produce el fumar (…)”;

Que, el numeral 18.3 del artículo 18 del Reglamento de la Ley N° 28705, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2008-SA, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2011-SA, dispone que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Salud se establecerán las características de las advertencias sanitarias;

Que, asimismo, el artículo 32 del precitado Reglamento refiere que las advertencias sanitarias para efectos de publicidad de los productos del tabaco, conforme lo disponga el Ministerio de Salud a través de una Resolución Ministerial, tendrán una vigencia de doce (12) meses. Dichas disposiciones serán publicadas en el Diario Oficial “El Peruano” con seis meses de anticipación;

Que, con Resolución Ministerial N° 469-2011/MINSA se aprobó la “Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 587-2015/MINSA, se establecieron como advertencias sanitarias, los gráficos de las páginas veintiuno (21) y veintiocho (28) de la referida Normativa Gráfica, es decir, FUMAR CAUSA IMPOTENCIA SEXUAL y FUMAR CAUSA CÁNCER DE LARINGE, respectivamente;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 55 y en el literal a) del artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, la Oficina General de Comunicaciones es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, responsable de...

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