RESOLUCION DIRECTORAL.Nº 022-2016-EF/50.01.Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2016: "Aprueban resultados de evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al 31 de julio del año 2016".SEPARATA ESPECIAL Ministerio de Economía y Finanzas PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL 2016 “Aprueban resultados de evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal cor... -

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2016
SEPARATA ESPECIAL
Ministerio de Economía y Finanzas
PROGRAMA DE
INCENTIVOS A LA MEJORA
DE LA GESTIÓN
MUNICIPAL 2016
Aprueban resultados de
evaluación del cumplimiento de
las metas del Programa de
Incentivos a la Mejora de la
Gestión Municipal
correspondientes al 31 de julio
del año 2016”
Miércoles 28 de setiembre de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
Resolución Directoral N° 022-2016-EF/50.01
Miércoles 28 de setiembre de 2016 /
El Peruano
600112 NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 022-2016-EF/50.01
Lima, 22 de setiembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29332 y modi catorias, se creó el Programa de Incentivos a la Mejora
de la Gestión Municipal, el cual tiene por objetivos: i) Mejorar los niveles de recaudación y la
gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y e ciencia en la percepción de los
mismos; ii) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos
de política de mejora en la calidad del gasto; iii) Reducir la desnutrición crónica infantil en el país;
iv) Simpli car trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo
la competitividad local; v) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los
gobiernos locales en el marco de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, vi) Prevenir
riesgos de desastres;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF se aprobaron los Procedimientos para el
cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de
la Gestión Municipal (PI) del año 2016, los cuales disponen en el artículo 6 que las municipalidades
deben cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del referido Programa;
Que, conforme al numeral 8.3 del artículo 8 de los Procedimientos aprobados por el Decreto
Supremo Nº 400-2015-EF, corresponde una evaluación del cumplimiento de las catorce metas
establecidas para el 31 de julio del año 2016;
Que, conforme a la Resolución Directoral Nº 003-2016-EF/50.01, modi cada mediante
Resolución Directoral Nº 012-2016-EF/50.01, norma que aprobó los Instructivos para el cumplimiento
de las metas para el año 2016 en el marco del Programa citado en los considerandos precedentes,
correspondientes a las metas 01 a 14 establecidas en el Anexo Nº 02 del Decreto Supremo Nº 400-
2015-EF; la evaluación del cumplimiento de las metas será realizada por determinadas entidades
públicas sobre la base de la información suministrada por las municipalidades;
Que, de acuerdo a los citados instructivos, para las metas Nº 01 y 05 se considera la información
remitida a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior (MININTER); para
las metas Nº 02 y 06 se considera la información remitida al Área de Gestión Integral de Residuos
Sólidos de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente (MINAM); para
la meta Nº 03 se considera la información remitida a la Dirección Nacional de Coordinación y
Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN); para las
metas Nº 04, 08, 10 y 13 la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía
y Finanzas (MEF) considera la información registrada por las municipalidades en el Sistema
Integrado de Administración Financiera – SIAF al 31 de julio de 2016; para la meta Nº 07 se
considera la información remitida a la Dirección de Normatividad del Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); para las metas Nº 09 y 12 se considera
la información registrada por las municipalidades en el Sistema de Información de Obras Públicas
a cargo de la Contraloría General de la República (CGR) al 31 de julio de 2016; y nalmente, para
las metas Nº 11 y 14 la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía
y Finanzas (MEF) considera la información registrada por las municipalidades en el Módulo de
programación y formulación SIAF-SP al 31 de julio de 2016;
Que, adicionalmente, el numeral 8.1 del artículo 8 de los Procedimientos aprobados por
el Decreto Supremo Nº 400-2015-EF establece que la Dirección General de Presupuesto
Público del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre la base del resultado obtenido por cada
municipalidad, aprueba los resultados de las evaluaciones mediante resolución directoral de dicha
Dirección General, como requisito previo para la asignación de recursos correspondientes a las
municipalidades;
El Peruano / Miércoles 28 de setiembre de 2016 600113
NORMAS LEGALES
Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, la Dirección General
de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior (MININTER); el Área de Gestión Integral
de Residuos Sólidos de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente
(MINAM); la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional
de Planeamiento Estratégico (CEPLAN); la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio
de Economía y Finanzas (MEF); la Dirección de Normatividad del Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); la Contraloría General de la República
(CGR); han remitido el O cio Nº 001377-2016/IN/DGSC, O cio Nº 999-2016-MINAM/VMGA/
DGCA, O cio Nº 319-2016-CEPLAN/DNCP, Memorando Nº 2827-2016-EF/63.01, O cio Nº
034-2016-CONADIS/DPD y O cio Nº 00022-2016-CG/GDEA, respectivamente, informando los
resultados del cumplimiento de las metas por parte de las municipalidades al 31 de julio de 2016;
Que, asimismo, la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de
Presupuesto Público, sobre la base de la información remitida por la Dirección de Programación
y Seguimiento Presupuestal de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio
de Economía y Finanzas (MEF), mediante el Memorando Nº 208-2016-EF/50.03, evaluó el
cumplimiento de las metas Nº 11 y 14;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la
Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de
la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF, y el artículo 8 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas
y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal,
SE RESUELVE:
Artículo 1.-Objeto
Aprobar los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de
Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al 31 de julio de 2016, conforme
al numeral 8.3 del artículo 8 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación
de los recursos del referido Programa, aprobados por Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, y
de acuerdo al Anexo “Cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de
la Gestión Municipal correspondientes al 31 de julio de 2016” que forma parte integrante de la
presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión
Municipal
La asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal
del año 2016, se encuentra supeditada a las condiciones de otorgamiento de recursos vinculados
a instrumentos de incentivos a que se re ere la Nonagésima Octava Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y
modi catoria.
Artículo 3.-Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como el Anexo referido en el
artículo 1, en el Diario O cial “El Peruano”. Dicho Anexo también deberá ser publicado en el portal
electrónico institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma
fecha de la publicación o cial de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Director General
Dirección General de Presupuesto Público

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