RESOLUCION, Nº 029-2016-PCM/SD, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Inscriben en el Registro de Mancomunidades Regionales a la “Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica" integrada por los gobiernos regionales de Huancavelica, Huánuco, Junin, Lima, Pasco y Ucayali-RESOLUCION-Nº 029-2016-PCM/SD

Fecha de disposición12 Agosto 2016
Fecha de publicación13 Agosto 2016

Lima, 12 de agosto de 2016

VISTOS:

El Oficio N° 023-2016-GRJ/MRPCA; el Acta de Creación de la “Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica”, de fecha 13 de diciembre de 2015, y publicada el 27 de julio de 2016; la Ordenanza Regional N° 325-GOB.REG-HVCA/CR del Gobierno Regional de Huancavelica; la Ordenanza Regional Nº 045-2016-CR-GRH del Gobierno Regional de Huánuco; la Ordenanza Regional Nº 229-GRJ/CR del Gobierno Regional de Junín; la Ordenanza Regional Nº 05-2016-CR/GRL del Gobierno Regional de Lima; la Ordenanza Regional Nº 389-2016-G.R.P/CR del Gobierno Regional de Pasco; la Ordenanza Regional Nº 003-2016-GRU-CR del Gobierno Regional de Ucayali; y el Informe Nº 00135-2016–PCM/SD-OGI; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, en el artículo 2, define a la mancomunidad regional como el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la prestación conjunta de servicios públicos, cofinanciamiento o inversión en la ejecución de obras, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización;

Que, la Ley citada, en el numeral 6.2 del artículo 6, establece que la publicación del acta de creación de la mancomunidad regional, suscrita por los presidentes de los gobiernos regionales integrantes, es el acto constitutivo que otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad regional; asimismo, se señala que el acta de la mancomunidad regional es publicada en el Diario Oficial El Peruano y que la Presidencia del Consejo de Ministros lleva un registro de las mancomunidades regionales creadas;

Que, el artículo 12 del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional, aprobado mediante Decreto Supremo N° 050-2013-PCM, señala que la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros lleva un registro administrativo de las mancomunidades regionales;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 036-2013-PCM/SD se aprobó el Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales; luego se modificó mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 047-2013-PCM/SD y Resolución de Secretaría de Descentralización N° 014-2016-PCM/SD;

Que, el artículo 6 del Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales establece el procedimiento...

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