RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 3586-2016-MTC/15, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Aprueban Directiva que establece las "Características técnicas de los equipos de video y cámaras para la transmisión en línea de las Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud a Postulantes a Licencias de Conducir, las Escuelas de Conductores y los Centros de Evaluación"-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 3586-2016-MTC/15

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición27 de Julio de 2016

Lima, 27 de julio de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;

Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2016-MTC, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 23 de junio de 2016, se aprobó el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir (en adelante, el Reglamento de Licencias);

Que, en el numeral 5 de la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Licencias se establece que la Dirección General de Transporte y Tránsito Terrestre aprobará la Resolución Directoral que establezca las características técnicas de los equipos de video y cámaras para la transmisión en línea de las Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud a Postulantes a Licencias de Conducir, las Escuelas de Conductores y los Centros de Evaluación;

Que, a fin de garantizar la funcionalidad del sistema de control y monitoreo de las actividades de formación y evaluación a cargo de las Escuelas de Conductores, las Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud a Postulantes a Licencias de Conducir y los Centros de Evaluación, es necesario que se cuente con la normativa complementaria para la adecuada aplicación de lo dispuesto en el Reglamento de Licencias, por lo que corresponde aprobar la Resolución Directoral que establezca las características técnicas de los equipos de video y cámaras para la transmisión en línea de las Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud a Postulantes a Licencias de Conducir, las Escuelas de Conductores y los Centros de Evaluación;

Que, de conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y el Decreto Supremo N° 007-2016-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Características técnicas de los equipos de video y cámaras para la transmisión en línea de las Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud a Postulantes a Licencias de Conducir, las Escuelas de Conductores y los Centros de Evaluación

Aprobar la Directiva N° 003-2016-MTC/15, que establece las “Características técnicas de los equipos de video y cámaras para la transmisión en línea de las Entidades Habilitadas para Expedir Certificados de Salud a Postulantes a Licencias de Conducir, las Escuelas de Conductores y los Centros de Evaluación”, la misma que forma parte de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2 Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución y la Directiva aprobada en el artículo precedente en el portal electrónico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, siendo responsable de dicha acción la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental.

Artículo 3 Vigencia

La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUMBERTO VALENZUELA GÓMEZ

Director General

Dirección General de Transporte Terrestre

DIRECTIVA N° 003-2016-MTC/15

  1. OBJETO

    Establecer las características técnicas mínimas de los equipos de video y cámaras a ser implementados por las Entidades habilitadas para expedir certificados de salud para postulantes a licencias de conducir, las Escuelas de Conductores y los Centros de Evaluación, en el marco del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir.

  2. FINALIDAD

    La regulación de las características técnicas mínimas de los equipos de video y cámaras permite garantizar la funcionalidad del sistema de control y monitoreo de las actividades de formación y evaluación a cargo de las Escuelas de Conductores, las ECSAL y los Centros de Evaluación, según corresponda.

  3. BASE LEGAL

    3.1. Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre.

    3.2. Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    3.3. Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783.

    3.4. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867,

    3.5. Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2007-MTC.

    3.6. Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2016-MTC.

  4. AUTORIDADES COMPETENTES

    Son autoridades competentes para la aplicación de la presente directiva:

    4.1. Ministerio de Transportes y Comunicaciones

    - Verifica el cumplimiento de la obligación de contar con cámaras y equipos de vídeo para otorgar la autorización a las personas jurídicas interesadas en operar como Escuelas de Conductores.

    - Realiza seguimiento a las Entidades habilitadas para expedir certificados de salud para postulantes a licencias de conducir, las Escuelas de Conductores y los Centros de Evaluación a fin de verificar que la formación y evaluación se desarrolle de manera idónea, de acuerdo a la normativa vigente.

    4.2. Gobiernos Regionales

    - Verifican que las Instituciones Prestadoras de...

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