DECRETO DE ALCALDIA, Nº 3-2016/MDV-ALC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA - Prorrogan fecha de vencimiento de la primera cuota trimestral del año 2016 del Impuesto Predial Anual, así como del pago de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial Trimestral, establecidos en la Ordenanza Nº001-2016/MDV, así como de descuentos por pronto pago-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 3-2016/MDV-ALC

EmisorMUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Fecha de la disposición 9 de Julio de 2016
592557
NORMAS LEGALES
Sábado 9 de julio de 2016
El Peruano
/
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, el Concejo Municipal con el VOTO POR
UNAMIDAD y con la dispensa de la lectura y aprobación
del Acta; ha dado la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL
RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE
EDIFICACIONES EJECUTADAS SIN LICENCIA
MUNICIPAL EN EL DISTRITO DE VENTANILLA
Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza Municipal
que Regula el Régimen Especial de Regularización de
Edicaciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el
Distrito de Ventanilla; el cual consta de tres capítulos,
nueve artículos, una Disposición Transitoria, siete
Disposiciones Finales, y cuatro anexos.
Artículo 2º.- DISPONER el cumplimiento de la
presente Ordenanza, a la Gerencia de Desarrollo Urbano
y a la Sub Gerencia de Autorizaciones Municipales.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Legal
y Secretaria Municipal la publicación de la presente
Ordenanza y sus anexos, en el Diario Ocial El Peruano
y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de
Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
1401476-1
Prorrogan fecha de vencimiento de
descuentos otorgados por pronto pago,
establecidos en la Ordenanza N° 0012016/
MDV
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2016/MDV-ALC
Ventanilla, 25 de enero de 2016
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
VENTANILLA
VISTO:
El Informe Nº 011-2016/MDV-GRM de la Gerencia de
Rentas Municipales; y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 –Ley
Orgánica de Municipalidades–, los gobiernos locales
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2016/MDV de 8 de
enero del 2016, se aprobaron las fechas de Vencimiento
para el pago de arbitrios e impuesto predial, asimismo, se
establecieron las fechas de pago del benecio de Pronto
Pago para el ejercicio 2016;
Que, en la Tercera Disposición Transitoria y Final de
la referida Ordenanza, se establecen las facultades del
Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las
disposiciones necesarias para determinar y aprobar la
prórroga de su vigencia;
Que, mediante Informe Nº 011-2016/MDV-GRM la
Gerencia de Rentas Municipales propone exibilizar los
plazos y otorgar facilidades a los contribuyentes para el
incentivo de pronto pago, lo que incentivará el cumplimiento
voluntario de los contribuyentes antes de adoptar las
medidas coercitivas necesarias que franquea la Ley;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y eciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
Concejo Municipal;
Que, luego del análisis de la normativa municipal y
tributaria es viable la prórroga de vigencia de la acotada
Ordenanza, toda vez que el objeto es atender los
requerimientos de los vecinos del distrito y darles mayores
facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones,
así como mayores incentivos por el pronto pago de sus
tributos, conforme lo indicado en el memorando del visto;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, así como en la
DECRETA:
Artículo 1º.- Prorrogar la fecha de vencimiento de los
descuentos otorgados por el pronto pago establecidos en
el artículo tercero, numeral 1.1 literal a) de la Ordenanza
Nº 001-2016/MDV hasta el 13 de febrero del 2016.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Rentas
Municipales y Subgerencias dependientes de dicha
Unidad Orgánica, Gerencia de Comunicaciones,
Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnología de
la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de
lo dispuesto en el presente Decreto y todas las demás
dependencias de la Municipalidad deberán prestar el
apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento.
Regístrese, comuníquese.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
1401476-2
Prorrogan fecha de vencimiento de la
primera cuota trimestral del año 2016 del
Impuesto Predial Anual, así como del pago
de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial
Trimestral, establecidos en la Ordenanza N°
0012016/MDV, así como de descuentos por
pronto pago
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 3-2016/MDV-ALC
Ventanilla, 1 de marzo de 2016
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
VENTANILLA
VISTO:
El Informe Nº 084-2016/MDV-GRM-SGAT, de la
Subgerencia de Administración Tributaria de la Gerencia
de Rentas Municipales; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 –Ley
Orgánica de Municipalidades–, los gobiernos locales
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2016/MDV de 8 de
enero del 2016, se aprobaron las fechas de vencimiento
para el pago de arbitrios e impuesto predial, asimismo, se
establecieron las fechas de pago del benecio de Pronto
Pago para el ejercicio 2016;
Que, en la Tercera Disposición Transitoria y Final de
la referida Ordenanza, se establecen las facultades del

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