DECRETO SUPREMO, Nº 006-2016-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29203, Ley que crea la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias-DECRETO SUPREMO-Nº 006-2016-VIVIENDA
Fecha de disposición | 22 Junio 2016 |
Fecha de publicación | 22 Junio 2016 |
Materia | Derecho Mercantil y de la Empresa |
Sección | Sección Única |
Otorgan a Horizons South America S.A.C. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo, otorgado mediante R.D. Nº 370-2014-MTC/12
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 213-2016-MTC/12
Lima, 5 de mayo del 2016 Vista la solicitud de la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C., sobre la Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 370-2014- MTC/12 del 14 de agosto del 2014 se otorgó a la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía y Percepción Remota, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 29 de agosto del 2014;
Que, mediante Documento de Registro Nº T-065682- 2016 del 07 de marzo del 2016 la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C. solicitó la Modificación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar la naturaleza de servicio;
Que, según los términos del Memorando Nº 0486- 2016-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 156-2016-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 053-2016- MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 041-2016-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 183-2016-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes;
Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Otorgar a la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C. la Modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo otorgado mediante Resolución Directoral Nº 370-2014- MTC/12 del 14 de agosto del 2014, en el sentido de ampliar la naturaleza del servicio de acuerdo al siguiente detalle:
NATURALEZA DEL SERVICIO:
- Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía, Percepción Remota, Servicios de Telecomunicaciones Aeronáuticas, Ensayos en vuelo y/o tierra de las Radioayudas para la Navegación Aérea.
Artículo 2º.-
Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 370-2014-MTC/12 del 14 de agosto del 2014 continúan vigentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO PÉREZ WICHT SAN ROMÁN Director General de Aeronáutica Civil (e)
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VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29203, Ley que crea la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias
DECRETO SUPREMO
Nº 006-2016-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29203, se crea la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias, cuyo objetivo es la recopilación, procesamiento y difusión de información sobre los antecedentes y evolución de los citados promotores inmobiliarios y/o empresas constructoras de unidades inmobiliarias;
Que, la citada norma señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, está a cargo de la organización y funcionamiento de la Central que se crea, y que su reglamentación estará a cargo del Poder Ejecutivo;
Que, la implementación de la mencionada Central, brindará al público en general información sobre los promotores inmobiliarios y/o empresas constructoras, de acuerdo a lo antes señalando, la cual será de fácil accesibilidad, y a su vez relevante en la toma de decisiones al adquirir o realizar una transacción comercial respecto a una unidad inmobiliaria;
Que, en consecuencia es necesaria la aprobación del Reglamento de la Ley N° 29203, a fin de implementar la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias;
De conformidad con lo dispuesto en numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29203, Ley que crea la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias;
la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento
Apruébase el Reglamento de la Ley Nº 29203, Ley que crea la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias, el cual consta de cuatro (04) Capítulos, dieciséis (16) artículos, cinco (05) Disposiciones Complementarias Finales y una (01) Disposición Complementaria Transitoria, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación
Publícase el presente Decreto Supremo y el Reglamento a que se refiere el artículo 1 de la presente norma, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Vivienda...
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