DECRETO SUPREMO, Nº 003-2016-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA Y RIEGO - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI-DECRETO SUPREMO-Nº 003-2016-MINAGRI

Fecha de disposición24 Marzo 2016
Fecha de publicación24 Marzo 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, denominación que fue modificada a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley N° 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura;

Que, por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Minserio de Agricultura y Riego - MINAGRI, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2015-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Agricultura y Riego, que contiene la estructura y funciones de los órganos y unidades orgánicas que lo conforman, los Programas y Proyectos Especiales que forman parte del Ministerio y los organismos públicos adscritos a este;

Que, el penúltimo párrafo del numeral 7.1.7 del artículo 7 de la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL denominada “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 163-2015-CG, establece las funciones del Órgano de Control Institucional - OCI y dispone que las funciones descritas en ese numeral deben incluirse en el Reglamento de Organización y Funciones de las entidades contándose con la opinión previa de la Contraloría General de la República; por lo que corresponde la modificación del artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, que contiene las funciones de su Órgano de Control Institucional, adecuándolas a las descritas en el numeral 7.1.7 de la Directiva en mención, a cuyo efecto, mediante el Oficio Nº 01118-2015-CG/DOCI, la Contraloría General de la República ha expresado conformidad a la propuesta de modificación del mencionado artículo;

Que, de otro lado, de acuerdo con la Recomendación N° 7 contenida en el Informe de Auditoría Nº 003-2015-2-0052, denominado Auditoría de Cumplimiento – Ministerio de Agricultura y Riego - “Programa de Financiamiento para la Promoción del Cultivo de Algodón y Desmotadoras”, período: 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2014, del Órgano de Control Institucional, es necesario considerar como nueva función de la Dirección General de Negocios Agrarios, el seguimiento a los fondos públicos de financiamiento para el agro, proponiendo, de ser el caso, las medidas correctivas necesarias, por lo que corresponde la modificación del literal u) del artículo 59 del Reglamento de Organización y Funciones del referido Ministerio, incorporándose el literal v) al mencionado artículo;

Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 011-2014-MINAGRI se creó el Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - PROVRAEM, dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que es necesario incluirlo en la relación de Proyectos Especiales considerados en el...

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