DECRETO SUPREMO, Nº 053-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Ministerio de Defensa-DECRETO SUPREMO-Nº 053-2016-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa;

Que, los artículos 165 y 171 de la Constitución Política del Perú establecen, entre otros, que las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea; tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; así como la participación en el desarrollo económico y social del país;

Que, el numeral 3) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134 señala, entre otros, que el Ministerio de Defensa tiene como parte de sus funciones el de Fortalecer y asegurar el nivel de eficiencia y operatividad de las Fuerzas Armadas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, se convocó para el domingo 10 de abril del presente año, a Elecciones Generales, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, y la segunda vuelta para el día domingo 05 de junio de 2016, estimándose que dicha fecha estaría dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales;

Que, mediante el Oficio N° 148-2016-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales para financiar la participación de las Fuerzas Armadas en el proceso de las Elecciones Generales para el día domingo 10 de abril del presente año y la segunda vuelta para día domingo 05 de junio del presente año, recursos que no han sido previstos en el Presupuesto Institucional Aprobado del presente año del pliego 026 Ministerio de Defensa;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la...

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