RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 051-2016-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Crean el Grupo de Trabajo denominado "Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo" adscrito al Ministerio-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 051-2016-TR
Fecha de disposición | 08 Marzo 2016 |
Fecha de publicación | 10 Marzo 2016 |
Lima, 8 de marzo de 2016
VISTOS: Los Oficios N° 081-2016-MTPE/3/19 y 197-2016-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Informe Técnico N° 011-2015-MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, y los Informes Nº 337-2016-MTPE/4/8 y 551-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 23 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado promueve condiciones para el desarrollo social y económico, en especial mediante políticas de fomento de empleo productivo y educación para el trabajo;
Que, de conformidad con el literal h) del artículo 4 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, éste sector responde al área programática de acción de normalización y certificación de competencias laborales;
Que, los numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5 de la referida Ley establecen que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno para formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, sobre dicha materia;
Que, de conformidad con la Matriz de Delimitación de Competencias y Asignación de Funciones de los Sectores Trabajo y Promoción del Empleo en los tres niveles de gobierno, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 002-2010-TR, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene la atribución de formular la política nacional y sectorial en materia de normalización y certificación de competencias laborales, entre otros, en coordinación con los otros niveles de gobierno y con aquellos sectores que se vinculen;
Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 76 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, tiene entre sus funciones específicas proponer las normas, lineamientos técnicos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ámbito nacional y sectorial en materia de normalización y certificación de competencias laborales, la formación continua en las empresas y desarrollo de los recursos humanos;
Que, en cumplimiento de las funciones asignadas a la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales y con aprobación de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, consideran necesario generar espacios de concertación y diálogo, que permitan promover la normalización de competencias laborales, relacionados con la experiencia laboral de los trabajadores...
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