RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0028-2016-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Declaran improcedente recurso de apelación calificado como recurso de reconsideración, presentado contra la R.M. Nº 0205-2014-JUS-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0028-2016-JUS

Fecha de disposición29 Enero 2016
Fecha de publicación03 Febrero 2016
SecciónSección Única

Lima, 29 de enero de 2016

VISTOS,

El Oficio Nº 1811-2014-JUS/CN/P de la Presidenta del Consejo del Notariado, el Informe Nº 290-2014-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, el Recurso de Apelación interpuesto por el señor Arsenio Hugo Sánchez Baltazar contra la Resolución Ministerial Nº 0205-2014-JUS y el Informe N° 629-2015-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio de visto, la Presidenta del Consejo del Notariado pone en conocimiento el Informe N° 290-2014-JUS/CN/ST emitido por la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado, en relación al recurso de apelación contra la Resolución Ministerial Nº 0205-2014-JUS interpuesto mediante escrito de fecha 21 de octubre de 2014, por el señor Arsenio Hugo Sánchez Baltazar;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente, entre otras, de la regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones;

Que, el artículo 126 del Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que el Consejo del Notariado es el órgano del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos encargado de la supervisión del notariado. Cuenta además, con un Secretario Técnico, designado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien asesora y apoya administrativamente al Consejo y depende del Despacho Ministerial;

Que conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el Consejo del Notariado es el órgano del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que ejerce la supervisión del notariado; y conforme al inciso a) del artículo 142 tiene la función de ejercer la vigilancia de la función notarial, con arreglo a esta ley y normas reglamentarias o conexas, a través del colegio de notarios, sin perjuicio de su intervención directa cuando así lo determine, entre otras;

Que, mediante Sentencia Nº 207-2011, de fecha 18 de noviembre de 2011, expedida por el Primer Juzgado Penal - Sede Tarma, se condenó al notario Arsenio Hugo Sánchez Baltazar como autor de la comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio de Jorge Fortunato Marín Velásquez y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, entre otras penas, a cuatro (04) años de pena privativa de libertad suspendida, la cual fue confirmada mediante Sentencia de Vista...

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