DECRETO SUPREMO, Nº 003-2016-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Prórroga de Estado de Emergencia declarado en el distrito de Echarate, provincia de La Convención, departamento del Cusco-DECRETO SUPREMO-Nº 003-2016-PCM

Fecha de disposición15 Enero 2016
Fecha de publicación15 Enero 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2015-PCM publicado el 12 de noviembre de 2015, se prorrogó por el término de SESENTA (60) días calendario, a partir del 22 de noviembre de 2015, el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convención del departamento de Cusco;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2015-PCM de fecha 10 de diciembre de 2015, se delimitó el ámbito de actuación de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú en las zonas del VRAEM que se encuentran en Estado de Emergencia, orientando su misionamiento en contrarrestar los remanentes terroristas, así como la lucha frontal contra el tráfico Ilícito de Drogas y otras actividades ilícitas, respectivamente;

Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, y de acuerdo con lo manifestado por el Director General de la Policía Nacional del Perú, mediante el Oficio Nº 07-2016-DIRGEN PNP/SA, de fecha 04 de enero de 2016, aún subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en la provincia y distrito indicado, por lo que es necesario prorrogar el mismo, a fin que la presencia de la Policía Nacional del Perú, con su acertado accionar permita que la población se identifique con los fines u objetivos que busca el Gobierno Nacional, esto es, la consolidación de la pacificación de la zona y del país;

Que, el numeral 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, establece que la prórroga del Estado de Emergencia requiere de un nuevo Decreto Supremo;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, se precisa el uso de la fuerza en el ejercicio de la función policial, los niveles del uso de la fuerza y las circunstancias y reglas de conducta en el uso de la fuerza;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1095, se estableció el marco legal que regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y en su Título II se establecen las normas del uso de la fuerza en otras...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR