RESOLUCION, Nº 003-2016/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Aprueban nueva versión del PDT Fondos y Fideicomisos, Formulario Virtual N.º 618-RESOLUCION-Nº 003-2016/SUNAT

Fecha de disposición12 Enero 2016
Fecha de publicación15 Enero 2016

Lima, 12 de enero de 2016

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 012-2011/SUNAT se aprobó, entre otros, la versión 1.2 del PDT Fondos y Fideicomisos, Formulario Virtual N° 618;

Que, posteriormente, el primer párrafo del artículo 73°-B del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo N° 179-2004-EF, modificado por la Ley N° 30296, Ley que promueve la reactivación de la economía, señala que las sociedades administradoras de los fondos de inversión, las sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos y los fiduciarios de fideicomisos bancarios retendrán el impuesto por las rentas que correspondan al ejercicio y que constituyan rentas de tercera categoría para los contribuyentes, aplicando la tasa establecida en el primer párrafo del artículo 55° del citado TUO sobre la renta neta devengada en dicho ejercicio;

Que el primer párrafo del referido artículo 55°, modificado a su vez por la Ley N° 30296, establece que el impuesto a cargo de los perceptores de rentas de tercera categoría domiciliados en el país se determinará aplicando sobre su renta neta las tasas siguientes: 28% para los ejercicios gravables 2015 y 2016; 27% para los ejercicios gravables 2017 y 2018; y, 26% para el ejercicio 2019 en adelante;

Que por su parte, el inciso h) del artículo 47° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 122-94-EF y normas modificatorias, establece que las sociedades administradoras o titulizadoras y el fiduciario bancario por cuenta de los fondos de inversión, empresariales o no, patrimonios fideicometidos de sociedades titulizadoras o fideicomisos bancarios, presentarán una declaración jurada anual en la que se incluirá la información que corresponda a cada fondo o patrimonio que administren, en la forma y condiciones que determine la SUNAT;

Que por lo indicado resulta necesario aprobar una nueva versión del PDT Fondos y Fideicomisos, Formulario Virtual N° 618, que permita a las sociedades administradoras o titulizadoras y al fiduciario bancario presentar la declaración en mención, conforme a los nuevos porcentajes del impuesto a la...

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