DECRETO SUPREMO, Nº 024-2015-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA Y RIEGO - Aprueban valores de retribuciones económicas a pagar por uso de agua superficial y subterránea y por el vertimiento de agua residual tratada a aplicarse en el año 2016-DECRETO SUPREMO-Nº 024-2015-MINAGRI

Fecha de disposición23 Diciembre 2015
Fecha de publicación23 Diciembre 2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 91 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que la retribución económica por el uso del agua es el pago que en forma obligatoria deben abonar al Estado todos los usuarios de agua como contraprestación por el uso del recurso, y es establecida por la Autoridad Nacional del Agua en función de criterios sociales, ambientales y económicos;

Que, el artículo 92 de la acotada Ley prescribe que la retribución económica por el vertimiento de agua residual es el pago que el titular del derecho efectúa por verter agua residual en un cuerpo de agua receptor;

Que, de conformidad con el numeral 176.2 del artículo 176 y el numeral 180.2 del artículo 180° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, la Autoridad Nacional del Agua establece la metodología para determinar el valor de las retribuciones económicas por el uso del agua superficial y subterránea, y por el vertimiento de agua residual tratada;

Que, en aplicación de los artículos 177, numeral 177.1, y 181 del Reglamento antes citado, la Autoridad Nacional del Agua determina anualmente, el valor de las retribuciones económicas por el uso del agua y por el vertimiento de aguas residuales tratadas en los cuerpos naturales de agua, los cuales son aprobados mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 457-2012-ANA, se aprobó la “Metodología para determinar el valor de las retribuciones económicas por el uso de agua y por el vertimiento de aguas residuales tratadas”, la cual propone una fórmula común (para uso de agua y por vertimiento de agua residual tratada), y simple para implementar el pago de la Retribución Económica por parte de los sectores productivos y de servicios para la gestión integrada de recursos hídricos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2014-MINAGRI, se aprobaron los valores de las retribuciones económicas a pagar por uso de aguas superficiales y subterráneas y por vertimiento de agua residual tratada para el año 2015;

Que, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, mediante Informe Técnico Nº 019-2015-ANA-DARH/REA, ha propuesto los valores de la retribución económica por el uso de agua superficial, subterránea y por el vertimiento de agua residual tratada...

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