RESOLUCION N° 208-2014-PROMPERÚ/SG - Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Brasil, en comisión de servicios

EmisorCOMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2014
El Peruano
Sábado 11 de octubre de 2014
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de Reclamos de Usuarios” (en adelante Reglamento de
Reclamos).
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N°
019-2011-CD-OSITRAN, se aprobó el nuevo “Reglamento
de Atención de Reclamos y Solución de Controversias”
del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y
sus normas modif‌i catorias;
Que, la implementación de los respectivos Reglamentos
de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las
Entidades Prestadoras está regulada por la normatividad
siguiente:
a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias
pertinentes;
b) Los Contratos de Concesión;
c) El “Reglamento de Atención de Reclamos y
Solución de Controversias” del OSITRAN;
d) El “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos
de Usuarios” de cada Entidad Prestadora aprobado por el
OSITRAN;
g) Las demás disposiciones que dicte el OSITRAN
sobre el particular;
Que, mediante la Carta N° CVSN-OSITRAN-032-2014
de fecha 30 de septiembre del 2014 remitida por la empresa
Concesionaria Vial Sierra Norte S.A., la misma que fue
recibida por OSITRAN el día 30 de septiembre del 2014,
el Concesionario alcanza para su aprobación un proyecto
de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de
Usuarios”;
Que, mediante Informe Nº 038-11-GAL-OSITRAN del
09 de Agosto 2011, la Gerencia de Asesoría Legal concluye
sobre el proceso que deben seguir la difusión y aprobación
de diversas normas en aplicación del D.S. Nº 001-2009-JUS,
publicado en el Diario Of‌i cial “El Peruano” el 15-01-2009.
Que mediante Resolución N° 35-11-GS/OSITRAN
del 11 de noviembre de 2011, la Gerencia de Supervisión
establece la Directiva para el Procedimiento de Aprobación
de los Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos
de Usuarios de las Entidades Prestadoras. En dicha
directiva se establece que las entidades prestadoras
deberán presentar su proyecto de Reglamento de
Reclamos al OSITRAN para su aprobación.
Que, corresponde a la Gerencia de Supervisión
y Fiscalización del OSITRAN disponer la difusión del
“Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de
Usuarios” de la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte
S.A., de acuerdo a las disposiciones vigentes:
RESUELVE:
Primero.- Aprobar la difusión del proyecto de “Reglamento
de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado
por la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A.
Segundo.- Autorizar la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial “El Peruano”. Asimismo,
disponer que la presente Resolución y el contenido
del proyecto de “Reglamento de Atención y Solución
de Reclamos de Usuarios” de la Entidad Prestadora
Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. sean publicados y
difundidos en la página Web del OSITRAN y de la empresa
Concesionaria Vial Sierra Norte S.A.
Tercero.- El plazo para que los Usuarios e
interesados puedan remitir al OSITRAN sus comentarios
y observaciones sobre dicho proyecto de Reglamento de
Reclamos presentado por la empresa Concesionaria Vial
Sierra Norte S.A. es de quince (15) días hábiles contados
a partir del día siguiente de la fecha de publicación, de la
presente Resolución, en el Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que
se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser
remitidos a OSITRAN, a nombre del Sr. Wilfredo Becerra
Silva, Jefe de Carreteras Norte y Centro de la Gerencia
de Supervisión y Fiscalización, sito en Av. República de
Panamá 3659 – San Isidro – Lima.
Quinto.- Notif‌i car la presente Resolución a la empresa
Concesionaria Vial Sierra Norte S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO JARAMILLO TARAZONA
Gerente de Supervisión y Fiscalización
OSITRAN
1147846-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
COMISION DE PROMOCION
DEL PERU PARA LA
EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de
PROMPERÚ a Brasil, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 208-2014-PROMPERÚ/SG
Lima, 26 de setiembre de 2014
Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección
de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de
Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -
PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo
público técnico especializado adscrito al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y
ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes
y servicios exportables, así como de turismo interno y
receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú
en materia turística y de exportaciones;
Que, en cumplimiento de sus funciones PROMPERÚ
ha programado, conjuntamente con empresas peruanas
exportadoras del sector textil – Confecciones, la “Misión
Comercial Perú Moda en Sao Paulo” a realizarse en la
ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, los
días 16 y 17 de octubre de 2014, con el objetivo de exhibir
y promover nuestras exportaciones de confecciones de
tejido de punto y plano, en algodón, alpaca y mezclas,
tomando en cuenta las ventajas arancelarias que ofrece
el Acuerdo de Complementación Económica ACE 58,
suscrito con el Brasil en el marco de la ALADI;
Que, es importante la realización de tal Misión, porque
permitirá internacionalizar a las empresas peruanas
participantes y promover nuestra oferta exportable de
prendas de tejido elaboradas principalmente con algodón,
f‌i bra de alpaca y mezclas, en el mercado brasileño;
Que, por tal razón, la Dirección de Promoción de
las Exportaciones de PROMPERÚ ha solicitado que se
autorice la comisión de servicios de la señora Yesenia
Infantes Marcelo, quien presta servicios en dicha Dirección,
a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil,
para que en representación de la Entidad, realice acciones
de promoción de las exportaciones en la Misión Comercial
antes señalada;
Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú, los que deben
realizarse en categoría económica y ser autorizados por
Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos, sus modif‌i catorias, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de
Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Sao
Paulo, República Federativa del Brasil, de la señora
Yesenia Infantes Marcelo, del 13 al 18 de octubre de 2014,
para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo
diversas acciones de promoción de exportaciones en la

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