DECRETO SUPREMO N° 107-2014-EF - Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014

Fecha de disposición15 Mayo 2014
Fecha de publicación15 Mayo 2014
El Peruano
Jueves 15 de mayo de 2014 523243
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario a favor
del Pliego Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo
– PROMPERU, en el Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal
2014
DECRETO SUPREMO
Nº 107-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, se aprobó el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
Que, por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº
105-2013-PROMPERU/DE, se aprobó el Presupuesto
Institucional de Apertura del Pliego 008 Comisión de
Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -
PROMPERU;
Que, el literal c) del artículo 6 de la Ley Nº 30115
– Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece
que se incorporan en los presupuestos institucionales
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas y el ministro del sector
respectivo, los mayores ingresos recaudados y los no
utilizados en años anteriores producto de la aplicación
de la Ley Nº 27889 - Ley que crea el Fondo y el
Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo
Turístico Nacional, a favor de los Pliegos 008 Comisión
de Promoción del Perú para la Exportación y el
Turismo-PROMPERU y Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo-MINCETUR;
Que, el artículo 12 de la Ley Nº 27889, Ley que crea
el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y
Desarrollo Turístico Nacional, establece que los ingresos
provenientes de la recaudación del mencionado impuesto,
luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley
corresponda a la SUNAT, serán transferidos al Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), para que
los utilice a través de PROMPERU y el Plan COPESCO
Nacional, exclusivamente para f‌i nanciar las actividades
y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del
turismo nacional;
Que, de acuerdo al Informe N° 007-2014/
PROMPERU/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto de PROMPERU, existe un saldo
remanente de recursos captados y no asignados de los
ejercicios del 2003 al 2013 correspondientes al “Fondo
para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional”, con
cargo al cual solicita un crédito suplementario para el
ejercicio fiscal 2014 ascendente a la suma de TREINTA
Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 33 700 000,00), a fin de reforzar
el posicionamiento de la imagen turística del Perú en
mercados internacionales a efectos de lograr que se
concreten viajes hacia el país; y, fortalecer el turismo
interno a partir de diversificar y desestacionalizar los
viajes al interior;
Que, mediante Informe Nº 158-2014-MINCETUR/SG/
OGPPD, la Of‌i cina General de Planif‌i cación, Presupuesto
y Desarrollo del MINCETUR emite opinión favorable
respecto de la incorporación de recursos vía crédito
suplementario solicitada por PROMPERU, hasta por la
suma de TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS
MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 700 000,00);
asimismo, señala que se cuenta con los saldos
f‌i nancieros suf‌i cientes para su incorporación; en mérito
de lo cual, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a
través del Of‌i cio N° 117-2014-MINCETUR/DM, solicita la
incorporación de los recursos correspondientes;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar
la mencionada incorporación de recursos a través de
un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, aprobado por la Ley
N° 30114, a favor del Pliego Comisión de Promoción
del Perú para la Exportación y el Turismo-PROMPERU,
hasta por la suma de TREINTA Y TRES MILLONES
SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33
700 000,00);
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30115
– Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase la incorporación de recursos vía
Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de
TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 700 000,00), a favor
del Pliego Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo - PROMPERU, para reforzar
las actividades de promoción turística, de acuerdo al
siguiente detalle:
INGRESOS En Nuevos Soles
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
1. Ingresos Presupuestarios
1.1 : Impuestos y Contribuciones
Obligatorias
1.1.4 : Impuesto sobre el Comercio y las
Transacciones Internacionales
1.1.4.2 : Otros Impuestos sobre el
Comercio y las Transacciones
Internacionales
1.1.4.2.1 : Impuesto Extraordinario para la
Promoción y Desarrollo Turístico
Nacional
1.1.4.2.1.1 : Impuesto Extraordinario para la
Promoción y Desarrollo Turístico
Nacional
33 700 000,00
============
TOTAL INGRESOS 33 700 000,00
============
DENOMINACIÓN
DEL SERVICIO NO
EXCLUSIVO REQUISITOS (en %
UIT) COSTO
(en S/.)
DEPENDENCIA
DONDE SE INICIA
EL TRÁMITE
DEPENDENCIA
QUE PRESTA EL
SERVICIO
Anexo “ B”
4COSTO POR HORA
- INGLÉS MARÍTIMO
PORTUARIA.
1. Nível de Inglés requerido
2. Haber cancelado el concepto de derecho por
enseñanza del curso.
* Pack Individual
* Dos (2) Participantes
* Tres (3) Participantes
* Cuatro (4) Participantes
* Cinco (5) Participantes
* Séis (6) Participantes
* Siete (7) Participantes
* Ocho (8) Participantes
* Tarifa Grupal
* Tarifa Institucional
3. No adeudar a la entidad por ningún concepto
1.711
0.921
0.592
0.447
0.368
0.316
0.276
0.211
0.171
0.132
65.00
35.00
22.50
17.00
14.00
12.00
10.50
8.00
6.50
5.00
Of‌i cina Administrativa
del Centro de Idiomas Centro de Idiomas de
la ENAMM
1082619-1

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