RESOLUCION MINISTERIAL N° 767-2013-DE/SG - Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU.

Fecha de disposición06 Septiembre 2013
Fecha de publicación06 Septiembre 2013
El Peruano
Viernes 6 de setiembre de 2013
502372
con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, de fecha 5 de Junio de 2002;
Que, con el f‌i n de facilitar el viaje del personal
comisionado, es necesario autorizar su salida del país con
un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día
después del evento;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Defensa; la Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que
regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores
y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de
junio de 2002 y su modif‌i catoria aprobada con el Decreto
Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el
Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero
de 2004 y sus modif‌i catorias; y el Decreto Supremo N° 024-
2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio, del Capitán de Fragata Javier Enrique JUÁREZ
ADRIANZÉN, identif‌i cado con DNI Nº 09399067, como
parte de la delegación que acompañará al señor Ministro
de Defensa, durante su participación en las actividades de
apertura del ejercicio naval conjunto “UNITAS LIV-2013”,
a llevarse a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias,
República de Colombia, los días 08 y 09 de setiembre del
presente año; así como autorizar su salida del país el 07
de setiembre y su retorno el 10 de setiembre de 2013.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración
General efectuará los pagos que correspondan, de
acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes: Lima - Cartagena de Indias (Colombia) - Lima
US$ 1,939.92 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 1,939.92
Viáticos:
US$ 370.00 x 3 días x 1 persona US$ 1,110.00
--------------------
Total : US$ 3,049.92
Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir de la
fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo
efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado
en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el Artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no
libera ni exonera del pago de impuestos o derechos
aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
984631-4
Autorizan ingreso al territorio de
la República de personal militar de
EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 767-2013 DE/SG
Lima, 5 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) Nº 693 del 28 de agosto de
2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de
Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización
para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos
de América, sin armas de guerra;
Que, con Of‌i cio Nº 1954/ORIE/c.2 del 2 de setiembre de
2013, el Jefe de la Of‌i cina de Relaciones Internacionales
del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país
del personal militar de los Estados Unidos de América;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio
de la República, del 8 al 14 de setiembre de 2013, a f‌i n de
participar en el intercambio de experiencias e ideas entre
expertos militares de los Estados Unidos de América y del
Perú en el área de Logística;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de
Requisitos para la Autorización y consentimiento para
el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la
República, modif‌i cado por el artículo único de la Ley
Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento de
futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción
o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas
Peruanas o para realizar visitas de coordinación o
protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa
mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del
Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta
al Congreso de la República por escrito en un plazo de
veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución,
bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de
autorización debe especif‌i car los motivos, la relación del
personal militar, la relación de equipos transeúntes y el
tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los
casos en que corresponda se solicitará opinión previa
del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de
conformidad con la Ley Nº 27856, modif‌i cada por la Ley
Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de
la República, sin armas de guerra, al Capitán Jorge
FARINACCI de los Estados Unidos de América, del 8 al 14
de setiembre de 2013, a f‌i n que participe en el intercambio
de experiencias e ideas entre expertos militares de los
Estados Unidos de América y del Perú en el área de
Logística.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modif‌i cada
por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
984628-1
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Designan representante del Ministerio
ante los Núcleos Ejecutores de Compra
de uniformes para el Ministerio del
Interior y de vestuario para el Ministerio
de Defensa, conforme al D.U. Nº 058-
2011
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 186-2013-MIDIS
Lima, 4 de setiembre de 2013

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