RESOLUCION N° 126-2013-INGEMMET/PCD - Modifican la Res. N° 041-2012-INGEMMET/PCD, sobre designación de funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal internet y responsable de la implementación del portal de transparencia estándar de INGEMMET

Fecha de disposición03 Septiembre 2013
Fecha de publicación03 Septiembre 2013
El Peruano
Martes 3 de setiembre de 2013 502163
de la Línea de Alta Marea efectuada por la Dirección de
Hidrografía y Navegación;
Que, de acuerdo al diagnóstico técnico efectuado en
gabinete y a la inspección técnica realizada con fecha 23
de agosto de 2013, se ha verif‌i cado que el terreno sub
materia está conformado por áreas ganadas al mar, libre
de ocupación y edif‌i cación;
Que, por Of‌i cio Nº 1665-2013-SUNARP-Z.R.NºIX/
GPI de fecha 28 de agosto de 2013, la Gerencia de la
Propiedad Inmueble remite el Informe Técnico Nº 12782
-2013-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 23 de agosto de
2013, en el que indica que el área en cuestión se ubica
parcialmente en el mar, ámbito donde a la fecha no se ha
identif‌i cado información gráf‌i ca de plano con antecedentes
registrales;
Que, de la evaluación efectuada al documento remitido
y al trabajo en gabinete se verif‌i có que el área materia de
consulta se encontraba ubicado en áreas ganadas al mar
y en zona de dominio restringido, por lo cual comparando
la Línea de Alta Marea con el área materia de consulta se
redef‌i nió el área sub materia en ámbito de zona ganadas
al mar, resultando un área de 270 378,58 m²;
Que, el literal g) del numeral 1 del artículo 6º de la Ley Nº
29338 “Ley de Recursos Hídricos”, señala que los terrenos
ganados por causas naturales o por obras artif‌i ciales al
mar, a los ríos, lagos, lagunas y otros cursos o embalses
de agua, son bienes naturales asociados al agua, los
cuales de conformidad con el artículo 7º de la citada Ley
constituyen bienes de dominio público hidráulico;
Que, de lo expuesto se desprende que los terrenos
ganados al mar constituyen bienes de dominio público,
inalienables e imprescriptibles, por lo que corresponde
a esta Superintendencia incorporarlos al dominio del
Estado;
Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que
los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de
Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni
de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio
del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera
inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de
270 378,58 m², m², de conformidad con el Artículo 38º y
siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado
Nº 001-2002/SBN, modif‌i cada por la Directiva Nº 003-2004/
SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de
dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modif‌i catorias; y,
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0164-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de
fecha 29 de agosto de 2013;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno de 270 378,58 m², ubicado
entre la Avenida Costanera y el Océano Pacíf‌i co, altura de
la Calle Virú y Calle Comandante Espinar, distrito de San
Miguel, provincia y departamento de Lima, que constituye
dominio público, según el plano y memoria descriptiva que
sustentan la presente Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del
Patrimonio Estatal
982661-2
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
INSTITUTO GEOLOGICO
MINERO Y METALURGICO
Modifican la Res. Nº 041-2012-
INGEMMET/PCD, sobre designación
de funcionario responsable de la
elaboración y actualización del
portal internet y responsable de
la implementación del portal de
transparencia estándar de INGEMMET
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 126-2013-INGEMMET/PCD
Lima, 29 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 -
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
normas modif‌i catorias, tiene como f‌i nalidad promover la
transparencia de los actos del Estado y regular el derecho
fundamental del acceso a la información consagrado en el
Que, según lo previsto en el numeral 5 del artículo
precedentemente acotado es preciso identif‌i car al
funcionario responsable de la elaboración del portal de
internet de la entidad a efectos de que se publique la
información que en dicha norma se indica;
Que, en aplicación del artículo 4° del Reglamento del
Texto Único Ordenado de la Ley 27806, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, la designación del
funcionario responsable de la elaboración y actualización
del Portal Institucional se efectúa mediante Resolución de la
máxima autoridad de la entidad y debe ser publicada en el
Diario Of‌i cial “El Peruano”, así como colocada en un lugar
visible en cada una de las sedes administrativas de la entidad,
debiendo cumplir dicho funcionario con las obligaciones,
establecidas en el artículo 8° del mencionado Reglamento;
se aprueba la implementación del Portal de Transparencia
estándar en las entidades de la administración pública, lo
cual constituye una herramienta informática que contiene
formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrará
y actualizará su información de gestión de acuerdo a lo
establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública y a los plazos establecidos en ella,
sin perjuicio de la información adicional que la entidad
considere pertinente publicar;
Que, en este sentido, mediante Resolución de
Presidencia N° 041-2012-INGEMMET/PCD de fecha 01 de
marzo de 2012, se resolvió en su artículo 2° designar al Ing.
William Hanco Mamani, Director de la Of‌i cina de Sistemas de
Información (e) del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico,
como responsable de la elaboración y actualización del
Portal Internet y responsable de la implementación del
Portal de Transparencia Estándar de INGEMMET;
Que, mediante Resolución de Presidencia N° 105-2013-
INGEMMET/PCD de fecha 31 de julio de 2013, se resolvió
aceptar la renuncia del Ing. William Hanco Mamani;
Que, ante lo expuesto y en mérito al marco normativo
vigente antes señalado, es conveniente modif‌i car el
artículo 2° de la Resolución de Presidencia N° 041-2012-
INGEMMET/PCD de fecha 01 de marzo de 2012 y designar
al Director de la Of‌i cina Sistemas de Información, como
funcionario responsable de la elaboración y actualización
del Portal Internet y responsable de la implementación del
Portal de Transparencia Estándar de INGEMMET;
De conformidad con las atribuciones previstas por el
Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET
aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; y,
Con el visto de la Secretaría General, de las Of‌i cinas de
Sistemas de Información, Asesoría Jurídica, Administración
y Planeamiento y Presupuesto;

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